Subvenciones para la financiación de planes de formación dirigidos a la mejora del diálogo social y la negociación colectiva, en el ámbito de Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S62655/19

Norma:

Orden 175/2019, de 3 de diciembre. Resolución de 30/12/2019. Resolución de 04/02/2020. Resolución de 29/12/2020. Resolución de 15/02/2021. Resolución de 25/11/2021. Resolución de 12/12/2022. Resolución de 12/12/2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de enero de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, en el ámbito de Castilla-La Mancha.

Estas subvenciones tienen como finalidad, el desarrollo de planes de formación que incluyan actividades formativas dirigidas a la capacitación de personas vinculadas con organizaciones sindicales y asociaciones empresariales, para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, en el ámbito de Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Economía, Empresas y Empleo (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones convocadas mediante la presente resolución las siguientes:

a) En relación con las subvenciones comprendidas en la Línea 1, serán beneficiarias:

1.º Las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de Castilla-La Mancha, según lo dispuesto en los artículos 6.2 y 7.1 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquéllas para la consecución de cualesquiera de esos fines.

2.º Las asociaciones empresariales más representativas en el ámbito de Castilla-La Mancha, según lo establecido en la disposición adicional sexta del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquéllas para la consecución de cualesquiera de esos fines.

b) En relación con las subvenciones comprendidas en la Línea 2 serán beneficiarias:

Las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales que participen en dicho ámbito, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquéllas para la consecución de aquellos fines.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) En la línea 1: Planes de formación compuestos por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, promovidos por las organizaciones sindicales o asociaciones empresariales previstas en el artículo 2.1.a) 1º y 2º de la Orden 175/2019, de 3 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

b) En la línea 2: Planes de formación compuestos por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con la negociación colectiva, promovidos por las organizaciones sindicales o asociaciones empresariales previstas en el artículo 2.1.b) de la Orden 175/2019, de 3 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.

b) No estar incursa la persona física, los administradores de las personas jurídicas o aquellos que ostenten la representación de aquellas, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, o en aquellos regulados en la legislación sectorial de aplicación.

c) No estar incursos en ninguna de las circunstancias que recogen los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) Cumplir con la normativa de prevención de riesgos laborales, disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

e) Disponer de instalaciones y recursos humanos suficientes que garanticen su solvencia técnica para desarrollar, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, las acciones subvencionadas.

f) La inscripción en el correspondiente registro, en atención al tipo de entidad.

g) No haber sido objeto de sanción por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, salvo cuando se acredite haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y haber elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, correspondiendo al órgano competente en materia igualdad dar su conformidad a dichas medidas.

h) No haber sido objeto de sanciones en firme por incumplimiento de condiciones especiales de ejecución de un contrato administrativo atinentes a la no discriminación por razón de sexo, constituyendo dicho incumplimiento infracción grave, salvo cuando se acredite haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y haber elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, correspondiendo al órgano competente en materia de igualdad dar su conformidad a dichas medidas.

Documentos asociados

Boletín: 10/12/2019
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 242
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 07/01/2020
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 3
Documento: Convocatoria 2020 (Completo) Descargar Documento
Boletín: 14/02/2020
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 31
Documento: Distribución crédito Descargar Documento
Boletín: 05/01/2021
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 2
Documento: Convocatoria 2021 (Completo) Descargar Documento
Boletín: 24/02/2021
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 37
Documento: Ampliación del crédito Descargar Documento
Boletín: 03/12/2021
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 233
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 20/12/2022
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 242
Documento: Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/12/2022
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 242
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 19/12/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 241
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín: 19/12/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 241
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento