Subvenciones para la financiación de inversiones realizadas en Centros Especiales de Empleo. Y modificaciones.

Código de ayuda:

S06600/06

Norma:

ORDEN EYE/320/2006, de 2 de marzo. ORDEN EYE/1467/2006, de 18 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/06/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Compensar los costes adicionales del empleo de los trabajadores con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo, ya sea a través de la adaptación de las instalaciones de estos centros o mediante la adquisición o adaptación del equipo a las condiciones de estos trabajadores.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención no podrá superar el 85% del coste de la actividad subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los Centros Especiales de Empleo, que figuren inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de esta Comunidad, que desarrollen su actividad en el territorio de Castilla y León y siempre que estos Centros tengan contratados con carácter indefinido a 6 o más trabajadores y su plantilla de trabajadores con contrato indefinido esté compuesta, al menos, por un 65% de trabajadores con discapacidad física igual o superior al 65%, y/o discapacidad sensorial y/o psíquica igual o superior al 33%.
Se tendrán en cuenta los contratos de trabajo con carácter indefinido existentes en el Centro Especial de Empleo a 1 de enero de 2006.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Serán subvencionables las actividades consistentes en la realización de inversiones para la adaptación de las instalaciones de los Centros Especiales de Empleo o para la adquisición o adaptación de equipo destinado a los trabajadores con discapacidad, que hayan tenido lugar entre el 2 de enero de 2006 y el 29 de junio de 2006, ambos inclusive.

2.– Los gastos subvencionables se referirán a los siguientes conceptos:
– Maquinaria, incluida la agrícola, herramientas y utillaje.
– Equipos de oficina (fax, ordenadores, impresoras, modem...).
– Programas informáticos.
– Mobiliario.
– Vehículos agrícolas.

Documentos asociados

Boletín: 08/03/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 47
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 25/09/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 185
Documento: Modificación Descargar Documento