Subvenciones para la financiacion de formacion asociada a los contratos de formacion y aprendizaje regulados por el Real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formacion y el aprendizaje y se establecen las bases de la formacion profesional dual.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S43737/13

Norma:

ORDEN de 25 de noviembre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/12/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El establecimiento de las bases reguladoras y las condiciones por las que se regirá, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, la convocatoria pública de las subvenciones para la financiación de la formación asociada a los contratos de formación y aprendizaje regulados por el Real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual, que exceda del 25 % de la jornada laboral.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención se concretará en el producto de las horas de formación que excedan del 25 % de la jornada laboral asociadas a los contratos de formación y aprendizaje por el número de personas trabajadoras contratadas y por el importe del módulo económico, que será de ocho euros para la modalidad de formación presencial y de cinco euros para la teleformación.

El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que supere el coste de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas que hayan contratado trabajadores bajo la modalidad del contrato para la formación y el aprendizaje durante el año 2013, con una dedicación al tiempo de formación que exceda del 25 % de la jornada laboral efectiva del trabajador, siempre que reúnan los requisitos exigidos por el Real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La financiacion de formacion asociada a los contratos de formacion y aprendizaje.

Documentos asociados

Boletín: 29/11/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 229
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento