Subvenciones para la financiación de acciones de formación profesional para el empleo, con compromiso de contratación de los trabajadores desempleados, a impartir en modalidad presencial.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S52864/22

Norma:

Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo. Orden de 22 de julio de 2022. Orden de 15 de septiembre de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de octubre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de acciones de formación profesional para el empleo en la Comunidad de Madrid, en la modalidad presencial, vinculadas al Catálogo de Especialidades Formativas del Servicio Público de Empleo Estatal, tanto si están dirigidas o no a la obtención de certificados de profesionalidad, que incluyan obligatoriamente la posterior contratación de, al menos, el 40 por 100 de las personas que finalicen la formación.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas titulares de centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid, que expresamente asuman el compromiso firme de contratación de las personas que finalicen la formación, en el porcentaje, la forma y condiciones determinadas en esta convocatoria y que subcontraten la formación con entidades de formación inscritas y/o acreditadas.

b) Las empresas titulares de centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid, que expresamente asuman el compromiso firme de contratación de las personas que finalicen la formación, en el porcentaje, la forma y condiciones determinadas en esta convocatoria y que se encuentren inscritas y/o acreditadas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación, y con presencia en la Comunidad de Madrid, debiendo disponer en dicho ámbito de instalaciones debidamente acreditadas o inscritas que permitan la impartición de la especialidad formativa solicitada, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre asumiendo dicha impartición por sí mismas.

c) Las entidades de formación públicas o privadas, acreditadas y/o inscritas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación, y con presencia en la Comunidad de Madrid, debiendo disponer en dicho ámbito de instalaciones debidamente acreditadas o inscritas que permitan la impartición de la especialidad formativa solicitada, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, que expresamente asuman por sí mismas o mediante acuerdos o convenios con otras empresas el compromiso firme de contratación de las personas que finalicen la formación, en el porcentaje, la forma y condiciones determinadas en esta convocatoria. En todo caso será la entidad de formación beneficiaria quien asumirá la responsabilidad de la ejecución de la actividad formativa subvencionada y el cumplimiento del compromiso de contratación.

Documentos asociados

Boletín: 01/04/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 78
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/09/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 208
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 01/09/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 208
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 29/09/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 232
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
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