Subvenciones para la financiación de acciones de formación, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S30091/16

Norma:

ORDEN de 17 de junio de 2016. Orden de 27 de julio de 2016. ORDEN de 17 noviembre de 2016. Orden de 30 de diciembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de marzo de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan para el año 2016, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para financiar la impartición de acciones de formación pertenecientes a especialidades formativas de certificados de profesionalidad aprobados al amparo del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía, Empleo y Competitividad (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la financiación de esta convocatoria se destina un gasto de 50.000.000 euros que se imputarán al programa 241 A-Formación, subconcepto 47201-Plan de Formación Profesional Ocupacional, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2016.

El cálculo de la subvención a conceder para el desarrollo de cada una de las ediciones concedidas se efectuará del siguiente modo:

1. El importe de la subvención para financiar la actividad formativa se determinará mediante el producto del número de horas de formación asignadas por quince, que es el número máximo de alumnos a subvencionar, y por el importe del módulo económico fijado para la especialidad formativa.

2. El importe de la subvención para financiar la actividad del tutor del módulo de formación práctica en centros de trabajo se determinará mediante el producto que resulte de multiplicar el número de horas de dicho módulo por quince, que es el número máximo de alumnos a subvencionar, y por el módulo económico de 2,00 euros asignado en esta convocatoria para financiar la actividad del tutor.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas en la presente Orden las personas físicas o jurídicas titulares de centros o entidades de formación acreditados por la Administración pública competente para impartir, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, las especialidades de certificado de profesionalidad que soliciten.

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