Subvenciones para la elaboración de los Planes de Ordenación Cinegética en el año 2010.

Código de ayuda:

S30646/10

Norma:

ORDEN FORAL 137/2010, 23 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/06/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Lograr la correcta ordenación de las especies cinegéticas existentes en Navarra, por medio de los Planes de Ordenación Cinegética, como el principal documento de ordenación básica de gestión de la caza, de acuerdo a los criterios de la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención por Plan será el 60% del importe de la factura presentada por el coste de realización del Plan de Ordenación Cinegética (Consultar la base Segunda).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) En los cotos de caza locales:

–Las asociaciones locales de cazadores cuando tengan adjudicado directamente por las Entidades Locales titulares de los cotos el aprovechamiento de toda la caza.
–Las Entidades Locales titulares de los cotos en el resto de los casos.

b) En los cotos de caza privados, siempre que sean sin ánimo de lucro:

–Los titulares de los mismos.
–En los casos en los que la titularidad de coto la ostente la asociación local de cazadores y el aprovechamiento cinegético sea realizado por la misma, el beneficiario sería la propia asociación de cazadores.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos derivados de la elaboración de los Planes de Ordenación Cinegética aprobados por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, desde el 1 de julio de 2009, hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Requisitos:

a) Que según la información existente en el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, el responsable de la gestión del coto presente un funcionamiento correcto de acuerdo con la normativa vigente en materia de caza (Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra) y de protección de la fauna silvestre y sus hábitats (Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de protección y gestión de la fauna silvestre y sus hábitats).

b) Que el coto no tenga pendiente deuda alguna con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

d) No está incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

e) Que se trate de acotados que no tengan ánimo de lucro.

Documentos asociados

Boletín: 07/05/2010
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 56
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento