Subvenciones para la ejecución del programa de incentivos 6 ligado a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial.

Código de ayuda:

S46291/21

Norma:

Real Decreto 477/2021, de 29 de junio. Resolución de 6 de septiembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de diciembre de 2023 o hasta el posible agotamiento de la cuantía económica asignada.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria pública de subvenciones para la ejecución del programa de incentivos 6 ligado a la
implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a. Las personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.

b. Las entidades u organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, o personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, que acrediten la puesta a disposición de colectivos vulnerables de viviendas sociales, sin que tal actividad, en el caso de generar algún rendimiento económico, se pueda considerar actividad económica a efectos de la aplicación de la normativa europea de ayudas de estado, sin perjuicio de la aplicación del resto de
disposiciones tanto de derecho nacional como de la Unión Europea, particularmente las que se aprueben en el ámbito de la ejecución y gestión tanto del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia como del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

c. Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y estarán sometidas a los requisitos y límites establecidos en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de
diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

d. Las comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, ubicadas en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears y que cumplan con lo que dispone la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e. Las entidades locales y del sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, cuando se pueda excluir la existencia de ayuda de estado.

Los ayuntamientos, las diputaciones provinciales o las entidades equivalentes y las mancomunidades o agrupaciones de municipios españoles, consejos insulares, y cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes tanto de la administración local como autonómica correspondiente, podrán acceder a la condición de beneficiarios de las ayudas como representantes de
agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, propietarios de instalaciones del sector servicios u otros sectores productivos que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo la ejecución de las correspondientes actuaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, debiendo cumplirse, en todo caso, lo previsto en el párrafo segundo del artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Documentos asociados

Boletín: 30/06/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 155
Documento: Real Decreto 477/2021 Descargar Documento
Boletín: 11/09/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 125
Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 11/09/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 125
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento