Subvenciones para la ejecución del Programa de Emisión de Bonos Digitales para colectivos vulnerables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la Unión Europea– Next Generation EU (Programa Único-Bono Social).

Código de ayuda:

S36428/23

Norma:

Orden de 27 de septiembre de 2023. Resolución de 31 de octubre de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de diciembre de 2023 o hasta el agotamiento del crédito disponible.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan para el ejercicio 2023, en régimen de concurrencia no competitiva, la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución del Programa de Emisión de Bonos Digitales para colectivos vulnerables, contemplado en el Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de la Presidencia, Interior, Dialogo social y simplificación Administrativa (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas empadronadas en Andalucía que, a fecha de la solicitud de la ayuda, sean titulares de
la prestación económica de la Renta Mínima de Inserción (RMISA), del Ingreso Mínimo Vital, o de una Pensión No Contributiva en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Requisitos:

a) Ser una persona física.

b) Ser titulares de la prestación económica de la Renta Mínima de Inserción (RMISA), del Ingreso Mínimo Vital, o de una Pensión No Contributiva en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

c) Estar empadronado en la vivienda donde se utilizará la conexión de banda ancha fija para la que se solicita la subvención, con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

Sólo se podrá conceder un bono digital por persona y unidad familiar.

Documentos asociados

Boletín: 02/10/2023
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 189
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/11/2023
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 219
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín: 15/11/2023
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 219
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento