Subvenciones para la ejecución de proyectos de prevención, preparación para la reutilización y reciclaje de residuos industriales.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S13582/17

Norma:

RESOLUCIÓN TES/677/2017, de 20 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de mayo de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta línea de subvenciones tiene por objeto el fomento de la ejecución de proyectos de prevención, de
preparación para la reutilización y reciclaje de residuos industriales y proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental aplicados al campo de la prevención, de la preparación para la reutilización y del reciclaje de residuos industriales.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Territorio (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se establece un límite máximo de ciento veinte mil (120.000,00) euros por actuación para aquellos proyectos que reducen residuos o incorporan material reciclado procedente de residuos peligrosos. Se establece un límite máximo de cien mil (100.000,00) euros por actuación para aquellos proyectos que reducen residuos o incorporan material reciclado procedente de residuos no peligrosos. Los proyectos presentados por un mismo beneficiario percibirán un máximo global de ciento veinte mil (120.000,00) euros por todas las actuaciones presentadas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a las subvenciones reguladas en estas bases las empresas y agrupaciones de empresas con
establecimiento operativo en Cataluña. Adicionalmente deben tener el centro productivo objeto de la actuación ubicado en Cataluña.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Clase A. Proyectos de prevención, de preparación para la reutilización y reciclaje de residuos industriales.

Modificación de los procesos productivos y aplicación de las mejores tecnologías disponibles que tengan por objeto:

A1. La prevención de los residuos en el mismo proceso productivo.

A2. La preparación para la reutilización y el reciclaje de los residuos generados para la finalidad original o en la economía general.

A3. La modificación de procesos para poder admitir materiales reciclados como materia prima del proceso.

Estos proyectos se ajustan a las condiciones del Capítulo I y de los artículos 36, 37 y 47, sección 7, capítulo III, del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DOUE L187, de 26.6.2014).

Clase B. Proyectos de investigación industrial y de desarrollo aplicados al campo de la prevención, de la preparación para la reutilización y del reciclaje de residuos industriales.

Los proyectos de investigación y desarrollo (I + D) pueden incluir la investigación industrial y el desarrollo experimental:

B1. Proyectos de I + D para la prevención de residuos y el reciclaje en origen de los residuos industriales, y para el diseño y la implantación de tecnologías más limpias en los procesos de fabricación.

B2. Proyectos de I + D de diseño de prototipos y proyectos piloto o ensayos experimentales para la mejora de los procesos productivos.

B3. Proyectos de I + D en los procesos de fabricación para sustituir materias primas con residuos y/o
materiales reciclados, o para la investigación de residuos y/o materiales reciclados que puedan convertirse en materias primas del proceso.

Estos proyectos se ajustan a las condiciones del Capítulo I y del artículo 25, sección 4, capítulo III, del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2017, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DOUE L187, de 26.6.2014).

Si un proyecto de investigación y desarrollo incluye diferentes tareas, hay que indicar para cada una a qué categoría corresponde.

Los prototipos, proyectos piloto o ensayos experimentales citados en el punto B2 deben ser necesarios para la mejora del proceso productivo o producto de la empresa que lleva a cabo la actividad de I + D y podrán utilizarse comercialmente si su fabricación es demasiado onerosa para su uso únicamente con fines demostrativos.

Requisitos:

a) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Generalidad de Cataluña y la Administración General del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.

c) Presentar declaración sobre si se han solicitado y/u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.

d) Si la realización de la actividad objeto de la subvención utiliza cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, deben cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.

e) Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente. En el caso de agrupaciones de empresas, será necesario que cada una esté legalmente constituida.

f) Para los centros y establecimientos abiertos al público, atender a los consumidores en cualquiera de las lenguas oficiales de Cataluña y redactar, al menos en catalán, la señalización y los carteles de información general de carácter fijo y los documentos de oferta de servicios para a las personas usuarias y consumidoras de los establecimientos abiertos al público, de acuerdo con la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

g) Para los centros laborales, hacer constar, al menos en catalán, los rótulos y las informaciones de carácter fijo y que contengan texto que deben figurar en el interior de los centros laborales dirigidos a las personas que trabajan, de acuerdo con la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

h) En el caso de empresas con 50 trabajadores/as o más, cumplir con la cuota legal de reserva de puestos de trabajo en la plantilla de la empresa prevista en el artículo 42.1 del Texto refundido de la Ley general de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o con las medidas alternativas de carácter excepcional previstas por el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, y por el Decreto 86/2015, de 2 de junio.

i) En el caso de empresas con una plantilla igual o superior a 25 personas, indicar los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, y para intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con los agentes sociales, de conformidad con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

j) Comprometerse a respetar lo establecido en la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.

k) Estar al corriente en la declaración anual de residuos industriales y en la declaración de carga contaminante, y estar dado de alta como titular de actividades potencialmente contaminantes de la atmósfera; en el caso de que alguna de estas actuaciones no les sea aplicable, declaración de la no obligatoriedad de presentarlas.

l) Adquirir el compromiso de financiar la parte del presupuesto que no cubra la subvención solicitada.

m) No entrar en la categoría de empresa en crisis, ni estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DOUE L187, de 26.6.2014).

n) En caso de resultar beneficiario de una subvención por importe superior a diez mil (10.000,00) euros,
comunicar a la Agencia de Residuos de Cataluña, en el momento de la justificación, la información relativa a las retribuciones de los órganos de dirección o administración de la entidad, a los efectos de dar cumplimiento al artículo 15.2 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

o) El proyecto por el que se solicita la ayuda no debe haber sido subvencionado mediante convocatorias de prevención de residuos anteriores; en caso contrario, indicar las convocatorias en las que se han otorgado subvenciones a favor del proyecto.

p) Los datos de la solicitud y de la documentación que se adjunta deben ser ciertos y deben concordar con los documentos originales a que hagan referencia.

Documentos asociados

Boletín: 31/03/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7341
Documento: Bases y Convocatoria 2017 Descargar Documento