Subvenciones para la ejecución de proyectos de acción humanitaria en el exterior.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S17400/14

Norma:

ORDEN de 22 de abril de 2014.

Plazo de Solicitud:

Convocatoria carácter permanente; consultar.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de concesión de subvenciones a las organizaciones no gubernamentales para la ejecución de proyectos de acción humanitaria en el exterior.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones no gubernamentales que tengan entre sus fines el desempeño de actuaciones de acción humanitaria o que demuestren contrastada experiencia en este sector.

Podrán tener acceso a la subvención las agrupaciones de entidades.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se entiende por proyectos de acción humanitaria, de acuerdo a la iniciativa de la Buena Donación Humanitaria (GHD, en sus siglas en inglés) aquellos destinados a salvar vidas, aliviar el sufrimiento y mantener la dignidad humana durante y después de las crisisprovocadas por seres humanos o por desastres naturales, así como prevenir y reforzar la capacidad de respuesta para cuando se produzcan estas situaciones.

Requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el Desarrollo
sección A (organizaciones no gubernamentales para el desarrollo) con, al menos, un año
de antelación al de publicación de la convocatoria.

b) Que hayan justificado, en su caso, y antes de la fecha de presentación de la solicitud
para esta convocatoria, las ayudas recibidas para la anualidad 2011 y anteriores, por parte
de la Xunta de Galicia, a otros proyectos de acción humanitaria o cooperación al desarrollo.
Asimismo, es necesario que se haya efectuado el correspondiente ingreso en los casos en
los que sobre los beneficiarios de ayudas económicas se haya dictado resolución administrativa
o judicial firme de reintegro.

c) No estar incursas en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

d) Tener sede, domicilio social o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Se entenderá por delegación permanente aquella que cuente con personal permanente de la organización y local fijo donde realicen sus actividades. En este caso, esta asumirá la responsabilidad directa en la presentación de la solicitud y se comprometerá al mantenimiento de la documentación, a la contabilidad y cogestión del proyecto en su oficina de Galicia, entendiendo por esta la participación en, al menos, la identificación, formulación, seguimiento y evaluación del proyecto. Asimismo, las entidades beneficiarias deben mantener abierta, como mínimo, su sede o delegación permanente en Galicia hasta la prescripción del proyecto, es decir por un período de 4 años desde la finalización de la ejecución del mismo. En caso contrario, el incumplimiento conllevará la obligación de devolución del importe de la subvención concedida.

e) En el caso de agrupación de entidades, todas ellas deberán cumplir los requisitos anteriores.

Las entidades agrupadas asumen la responsabilidad conjunta del proyecto y designarán un domicilio único y una cabeza de agrupación, tanto a efectos de notificaciones administrativas como de interlocución con la Administración. El porcentaje de participación de cada entidad en el proyecto, así como los derechos y obligaciones de cada una de ellas, se determinará en un convenio o acuerdo de colaboración que deberán adjuntar cuando se presente la documentación de solicitud. En este convenio deberá señalarse que cada una de las entidades asume la responsabilidad directa por su porcentaje de participación y subsidiaria por la totalidad del proyecto.

Documentos asociados

Boletín: 30/04/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 82
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento