Subvenciones para la ejecucion de proyectos de accion humanitaria en el exterior.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S09828/12

Norma:

ORDEN de 14 de marzo de 2012.

Plazo de Solicitud:

Al ser una convocatoria de carácter permanente, la solicitud podrá presentarse a lo largo del año.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de concesión de subvenciones a las organizaciones no gubernamentales, para la ejecución de proyectos de acción humanitaria en el exterior.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se podrá financiar incluso un 95% del presupuesto total del proyecto. La subvención concedida no superará en ningún caso los 70.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones no gubernamentales que tengan entre sus fines lo desempeño de actuaciones de acción humanitaria y cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de acción humanitaria en el exterior.

Requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el Desarrollo, con por lo menos un año de antelación al de publicación de la convocatoria.

b) Que hubiese justificado, en su caso, y antes de la fecha de presentación de la solicitud para esta convocatoria, las ayudas recibidas para la anualidad 2009, por parte de la Xunta de Galicia, a otros proyectos de ayuda humanitaria, emergencia o cooperación al desarrollo. Asimismo, es necesario que se hubiese efectuado el correspondiente ingreso, en los casos en que sobre los beneficiarios de ayudas económicas se hubiese dictado resolución administrativa o judicial firme de reintegro.

c) No estar incursas en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

d) Tener sede, domicilio social o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Galicia. Se entenderá por delegación permanente aquella que cuente con personal permanente de la organización y local fijo donde realicen sus actividades. En este caso, esta asumirá la responsabilidad directa en la presentación de la solicitud y se comprometerá al mantenimiento de la documentación, a la contabilidad y cogestión del proyecto en su oficina de Galicia, entendiendo por esta la participación en, por lo menos, la identificación, formulación, seguimiento y evaluación del proyecto. Asimismo, las entidades beneficiarias
deben mantener abierta como mínimo su sede o delegación permanente en Galicia, hasta la prescripción del proyecto, es decir, por un período de 4 años desde la finalización de la ejecución del mismo. En caso contrario, el incumplimiento llevará consigo el deber de devolución del importe de la subvención concedida.

e) En el caso de agrupación de entidades, todas ellas deberán cumplir los requisitos anteriores. Las entidades agrupadas asumen la responsabilidad conjunta del proyecto y designarán un domicilio único y una cabeza de agrupación, tanto a efectos de notificaciones administrativas como de interlocución con la Administración. El porcentaje de participación de cada entidad en el proyecto, así como los derechos y deberes de cada una de ellas, se determinará en un convenio que deberán adjuntar cuando se presente la documentación de solicitud. Este convenio deberá señalar que cada una de las entidades asume la responsabilidad directa por su porcentaje de participación y subsidiaria por la totalidad del proyecto.
No se considera agrupación de entidades aquellas que estén formadas por una asociación y la federación a la que pertenezca dicha asociación o aquellas en las que los órganos de gobierno sean coincidentes, total o parcialmente, en todas las entidades agrupadas.

f) La entidad solicitante podrá presentar un máximo de dos proyectos individuales o en agrupación.

Documentos asociados

Boletín: 27/03/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 60
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento