Subvenciones para la ejecución de proyectos de I+D en el Principado de Asturias del ejercicio 2026.
Código de ayuda:
S13791/26Norma:
Resolución de 2 de julio de 2024. Resolución de 30 de abril de 2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 25 de junio de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de proyectos de I+D en el Principado de Asturias, enmarcados en las categorías de Investigación Industrial, Desarrollo Experimental o Estudios de Viabilidad, y que tengan como finalidad la obtención de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados y enmarcarse en los ámbitos y retos de la S3, pudiendo realizarse, directamente por la empresa (modalidad 1) o subcontratando íntegramente a un proveedor externo de I+D (modalidad 2). Los proyectos de modalidad 1 podrán realizarse individualmente o en colaboración, mientras que los proyectos en modalidad 2 deberán realizarse necesariamente de forma individual.Categorías Subvención
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
Principado de AsturiasConvoca:
Conserjería de Ciencia, Industria y Empleo (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas contempladas en esta convocatoria se otorgarán en forma de subvenciones a fondo perdido y la cuantía de las mismas se calculará como un porcentaje del gasto subvencionable aprobado.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Empresas residentes en el Principado de Asturias.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Las actividades de I+D+i deberán ser viables técnica, económica y financieramente, siendo coherentescon el perfil de actividad, trayectoria y capacidad de las entidades o personas que las vayan a desarrollar, así como con los objetivos cualitativos y cuantitativos que planteen y la rentabilidad que se espera que generen. Se deberá justificar el cumplimiento de tales requisitos mediante la documentación que se exija en la convocatoria correspondiente y la complementaria, que en su caso, el solicitante estime oportuno aportar a estos efectos.
2. Las subvenciones concedidas en el marco de estas bases no establecerán relación jurídico-laboral, ni de cualquier otra naturaleza entre los beneficiarios y la Administración del Principado de Asturias o la Agencia, no siendo exigible otra obligación distinta al pago de la subvención concedida.
3. Aquellas convocatorias de ayudas que se cofinancien con el FEDER deberán estar encuadradas en los
ámbitos, líneas y retos de especialización definidos como prioritarios por la Estrategia Regional de Especialización Inteligente. Cada convocatoria se podrá especificar en cuáles de dichos ámbitos, líneas y retos deberán encuadrarse las actuaciones a subvencionar en el marco de la misma.
En concreto, en cuanto criterio de cumplimiento de la condición favorecedora “Buena gobernanza de la estrategia nacional o regional de especialización inteligente”, establecida en el anexo IV, en relación con el artículo 15, apartado 1, ambos del RDC, las solicitudes de ayuda relativas a los objetivos específicos recogidos en el artículo 3. 1. a) i) del RFEDER “Desarrollo y mejora de las capacidades de investigación e innovación y la implantación de tecnologías avanzadas” deben ser coherentes con la estrategia de especialización inteligente.
4. Además para las convocatorias de ayudas que se cofinancien con el FEDER o con el FTJ, se deberá
tener en cuenta lo establecido en la Resolución de 17 de noviembre de 2022, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, por la que se formula la Declaración Ambiental Estratégica del Programa Operativo FEDER de Asturias 2021-2027, o en la Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de 15 de diciembre de 2022, por la que se formula la Declaración Ambiental Estratégica del Programa del Fondo de Transición Justa para el periodo 2021-2027
5. En las convocatorias de ayudas que se cofinancien con el FEDER o con el FTJ no resultarán subvencionables los proyectos que incluyan actividades que formen parte de una operación sujeta a reubicación de conformidad con el artículo 66 del RDC o que se vean afectados por lo que en relación con la durabilidad de las operaciones establece el artículo 65 del citado Reglamento.
6. Tampoco podrán ser cofinanciadas por el FEDER ni por el FTJ las operaciones que se encuentren
finalizadas en el momento de presentar la solicitud de subvención, las que no cumplan con la exigencia del efecto incentivador cuando se requiera, ni aquellas que no tengan un impacto nulo o insignificante sobre los objetivos climáticos y medioambientales según el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (conocido como “DNSH” por sus siglas en inglés).
7. En cada convocatoria se podrán promover distintas tipologías y configuraciones de proyectos y
actuaciones en el marco del esquema recogido en esta base reguladora, con el objeto de poder abordar
diferentes objetivos del PCTI.
Requisitos:
a) Que pueda demostrar, mediante una evaluación realizada por un experto externo, que desarrollará, en unfuturo previsible, productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el
estado de la técnica en su sector y que lleven implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial. A estos efectos, el Centro Europeo de Empresas e Innovación del Principado de Asturias podrá ser considerado como experto externo.
b) Que sus costes de investigación y desarrollo representen un mínimo del 10% del total de sus costes de
explotación durante al menos uno de los tres años previos a la concesión de la ayuda o, si se trata de una
empresa nueva sin historial financiero, según la auditoría del ejercicio fiscal en curso, de conformidad con la certificación de un auditor externo.
Documentos asociados
Boletín:
10/07/2024
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 134
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
13/05/2026
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 90
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
13/05/2026
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 90
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
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