Subvenciones para la ejecución de proyectos de I+D en el Principado de Asturias del ejercicio 2025.
Código de ayuda:
S09637/25Norma:
Resolución de 7 de abril de 2025. Resolución de 2 de julio de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta el 3 de junio de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
1. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones en régimen de concurrenciacompetitiva, para la ejecución de proyectos de I+D en el Principado de Asturias, enmarcados en las categorías de Investigación Industrial (II), Desarrollo Experimental (DE) o Estudios de viabilidad (EV), según se definen en los apartados 19, 20 y 21 de la base reguladora tercera.
2. Los proyectos de I+D objeto del programa deben tener como finalidad la obtención de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados y enmarcarse en los ámbitos y retos recogidos en la S3, pudiendo realizarse directamente por la empresa (modalidad 1) o subcontratados íntegramente a un proveedor externo de I+D (modalidad 2).
3. Los proyectos de I+D podrán desarrollarse de forma individual o en colaboración entre varias empresas, según están definidos estos tipos en los apartados 29 y 30 de la base reguladora tercera.
Categorías Subvención
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Empleo
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Recursos Humanos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación Asturiana (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía total máxima para financiar la presente convocatoria de subvenciones en el ejercicio 2025 es de CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL EUROS (5.500.000,00 €), cuantía que ya ha sido autorizada por Resolución de la Vicepresidenta de la Agencia de fecha 7 de marzo de 2025.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Según lo establecido en el apartado 1 de la base reguladora cuarta, podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas con personalidad jurídica propia, que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda, no se encuentren inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas, tengan un centro de trabajo en Asturias en el que desarrollen su actividad y presenten un proyecto para ser desarrollado en el Principado de Asturias.Documentos asociados
Boletín:
15/04/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 73
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 73
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
15/04/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 73
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 73
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento