Subvenciones para la ejecución de planes de actuación para centros de I+D+I empresariales en el ejercicio 2020 (Programa Ris3-Empresa).

Código de ayuda:

S22028/20

Norma:

Resolución de 5 de junio de 2017. Resolución de 26 de mayo de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de julio de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones por el IDEPA, en régimen de concurrencia competitiva, a centros de I+D+i empresariales ubicados en el Principado de Asturias para que lleven a cabo sus planes de actuación, que mejorando la competitividad de la empresa, actúen además como elemento tractor de la economía regional.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Empleo, Industria y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total máxima autorizada para financiar la presente convocatoria de ayudas en el ejercicio 2020 será de cuatro millones de euros (4.000.000 euros), de los cuales 2.000.000 de euros van con cargo al presupuesto del IDEPA de 2020, cuantía que ha sido autorizada por el Consejo de Gobierno en su reunión de 21 de mayo de 2020 y otros 2.000.000 de euros con cargo al presupuesto del IDEPA de 2021, cuya concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento que se apruebe el presupuesto del IDEPA para dicho ejercicio.

La financiación procede del propio presupuesto del IDEPA pudiendo ser cofinanciadas las ayudas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Excepcionalmente, podrá fijarse una cuantía adicional por importe máximo de un millón de euros (1.000.000 euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los beneficiarios de esta convocatoria serán los centros de I+D+i empresariales. Se entenderán como centros de I+D+i empresariales a aquellas empresas con personalidad jurídica propia cuyo objeto social tenga como actividad principal el desarrollo de actividades de I+D+i orientadas a satisfacer las necesidades de un grupo empresarial.

Los centros de I+D+i empresariales beneficiarios de estas ayudas deberán forma parte de grupos empresariales que han de tener la categoría de gran empresa atendiendo a lo dispuesto en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión.

Quedan excluidas las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las asociaciones, las fundaciones, las administraciones públicas y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Activos fijos. Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen
para el proyecto.

b) Personal técnico. Gastos de personal necesarios para la realización del proyecto, en la medida en
que estén dedicados al mismo.

c) Materiales. Adquisición de materias primas, suministros y productos similares, de naturaleza
consumible en la medida y durante el periodo que se utilicen para el proyecto.

d) Colaboraciones externas. Contratación de universidades, organismos públicos de investigación, centros tecnológicos, o empresas de consultoría/ingeniería especializada, destinados de manera exclusiva al proyecto.

e) Adquisición de patentes. Adquisición de patentes por licencia de fuentes externas en condiciones de
plena competencia y destinadas de manera exclusiva al proyecto.

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