Subvenciones para la edición de libros de especial interés cultural o de temáticas y géneros poco difundidos en lengua catalana u occitana.

Código de ayuda:

S05037/21

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/525/2021, de 25 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/667/2021, de 5 de marzo. RESOLUCIÓN CLT/788/2021, de 18 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de abril de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 20.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la
edición de libros de especial interés cultural o de temáticas y géneros poco difundidos en lengua catalana u occitana.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención debe ser inferior a 20.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a las subvenciones las empresas y entidades sin ánimo de lucro privadas con actividad
económica de edición de libros.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Libros referidos a cualquier disciplina del conocimiento. A título enunciativo, se relacionan, entre otros, el ensayo y el pensamiento, los libros científicos y técnicos, los clásicos y la literatura, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2.

b) Libros de cómic y de novela gráfica. A efectos de estas bases, se considerará cómic y novela gráfica aquel producto editorial en formato libro que contenga una historia contada mediante una sucesión de viñetas que presentan ilustraciones y texto a la vez.

Requisitos:

a) El número de títulos que una editorial puede presentar para optar a las ayudas previstas en estas bases no puede ser superior a seis para cada modalidad.

b) Se debe presentar una solicitud por libro o por proyecto de libro.

c) En el caso de los proyectos, los libros deberán publicarse antes del 30 de noviembre del año de concesión de la subvención.

d) En cuanto a los libros ya publicados, la publicación deberá haberse llevado a cabo entre el 1 de enero del año de concesión de la subvención y la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

e) Se incluirá un plan de comercialización en soporte papel (con independencia de los resultados de venta) a través de los canales habituales de venta de libros, incluidas las bibliotecas y, siempre, a través de las librerías.

f) El libro no debe haber sido publicado en catalán u occitano en los últimos diez años. Se puede subvencionar un título con una edición de menos de diez años en caso de que se trate de una edición crítica o de una nueva traducción.

g) En el caso de edición de traducciones, siempre que sean publicadas por una misma editorial o grupo
editorial, las ediciones en catalán o en occitano deberán ser anteriores o simultáneas a la castellana, en caso de que se haya publicado esta última.

h) Los textos en catalán deberán estar redactados de acuerdo con las normativas establecidas por el Institut d'Estudis Catalans. Los textos en occitano deberán estar redactados de acuerdo con la Gramatica occitana de Loís Alibèrt. Los textos en la variante aranesa deberán estar redactados de acuerdo con las Nòrmes ortogràfiques der aranés, texto aprobado en el pleno del Conselh Generau d'Aran el 5 de octubre de 1999.

Documentos asociados

Boletín: 03/03/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8355
Documento: Bases específicas 2021 Descargar Documento
Boletín: 15/03/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8365
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 29/03/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8376
Documento: Modificación plazo solicitud Descargar Documento