Subvenciones para la edicion de fonogramas.

Código de ayuda:

S61219/08

Norma:

Orden de 31 de julio de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/10/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar subvenciones a empresas en régimen de concurrencia competitiva, para la edición de fonogramas de distribución comercial normal de intérpretes,
compositores o formaciones que desempeñen su actividad básicamente en la Región de Murcia.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Cultura, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las subvenciones será de 3.000,00.-euros por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones descritas las empresas discográficas domiciliadas o con
establecimiento permanente en la Región de Murcia que tengan en proyecto realizar o terminar la edición de fonogramas de intérpretes, compositores o formaciones que prevé el artículo 1. No podrán optar a estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Compra de suministros de material fungible.

- Honorarios profesionales, sueldos y salarios, hasta el 50% del importe total del proyecto presentado en la solicitud de subvención.

- Alquileres de equipos, películas, sonido, iluminación.

- Transporte de materiales y equipos, dietas, alojamiento y desplazamiento de participantes en las actividades.

- Aquellos necesarios para la debida publicidad y difusión de la edición.

- Demás gastos corrientes necesarios para la realización de las actividades.

Requisitos:

a) No tener deudas tributarias en período ejecutivo, ante esta Administración Autonómica, salvo que estuvieren garantizadas o suspendidas.

b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración Estatal.

c) Estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social.

d) No estar incurso en ninguna de las causas que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones como impedimento para poder obtener subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 18/09/2008
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 218
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento