Subvenciones para la dotación y equipamiento de edificios destinados a usos bibliotecarios y archivísticos.

Código de ayuda:

S16519/21

Norma:

Orden UIC/18/2021, de 16 de abril. Resolución de 30 de marzo de 2022. Resolución de 20 de marzo de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 11 de abril de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de subvenciones durante el año 2023 a las Entidades Locales de Cantabria que dispongan de una biblioteca de su titularidad que preste los servicios bibliotecarios mínimos del artículo 18.2 de la Ley de Cantabria 3/2001, de 25 de septiembre, de Bibliotecas de Cantabria o un archivo de su titularidad, que cumpla con las funciones de los Centros de Archivos, del artículo 11.2 de la Ley de Cantabria 3/2002,de 28 de junio y, específicamente, para los archivos de la administración local, en el artículo 16.1 de la Ley de Cantabria 3/2002, de 28 de junio, de Archivos de Cantabria, para la dotación y equipamiento de edificios destinados a usos bibliotecarios y archivísticos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima asciende a 150.000,00 euros. Los criterios para la determinación de la cuantía individualizada de las subvenciones serán los siguientes:

La subvención concedida no superará el 100% del coste de la actividad subvencionada ni la cantidad de 60.000 euros. La cuantía de la subvención será proporcional a la puntuación obtenida.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Entidades Locales de Cantabria que cumplan con lo establecido en el artículo 1.1 de la Orden UIC/18/2021, de 16 de abril ((Boletín Oficial de Cantabria núm. 79, de 27 de abril).

En ningún caso, podrán adquirir la condición de beneficiarios quienes se hallen en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006 de 17 de julio.

Documentos asociados

Boletín: 07/04/2022
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 68
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 07/04/2022
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 68
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 27/04/2022
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 79
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/03/2023
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 55
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín: 20/03/2023
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