Subvenciones para la dinamización del comercio de proximidad, el fomento del asociacionismo y la formación en el sector comercial correspondiente al año 2022.

Código de ayuda:

S08764/22

Norma:

Acuerdo del Pleno, de 30 de octubre de 2013. Decreto de 7 de febrero de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de marzo de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder subvenciones para la financiación de proyectos y actuaciones dirigidos a la dinamización del comercio de proximidad, el fomento del asociacionismo y la formación en el sector comercial, realizados por asociaciones de comerciantes en el municipio de Madrid y titulares de concesión de los mercados municipales
gestionados en régimen de concesión administrativa.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total de esta convocatoria para el año 2022 asciende a 610.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

a) Asociaciones sin ánimo de lucro constituidas mayoritariamente por empresarios de los sectores comercial, hostelero y hotelero que desarrollen el proyecto para el que se solicita subvención dentro del ámbito territorial del municipio de Madrid, que estén formalmente constituidas e inscritas, y que no estén incursas en alguna de las causas de prohibición establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

b) Titulares de concesión de los mercados municipales gestionados en régimen de concesión administrativa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas objeto de la presente convocatoria consistirán en subvenciones a los proyectos y actuaciones contemplados en las siguientes categorías:

a) Estudios de actuación comercial que materialicen sus propuestas: hasta el 85 por 100 de los gastos subvencionables con un límite máximo de 25.000 euros.

b) Campañas publicitarias, acciones de comunicación, eventos promocionales: hasta el 85 por 100 de los gastos subvencionables con un límite máximo de 50.000 euros.

c) Acciones formativas de interés comercial: hasta el 85 por 100 de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 1.000 euros por participante, y 25.000 euros por entidad beneficiaria, todos ellos por acción formativa.

Requisitos:

a) Estar formal y legalmente constituidas e inscritas.

b) Que su actividad se circunscriba preferentemente al municipio de Madrid.

c) No tener deudas en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o, en su defecto, tener concedido aplazamiento o moratoria.

Documentos asociados

Boletín: 22/11/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 278
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/02/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 40
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 17/02/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 40
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento