Subvenciones para la creación y producción de contenidos digitales audiovisuales para el año 2009.

Código de ayuda:

S69673/09

Norma:

Orden de 5 de noviembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/11/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y aprobar una convocatoria, para el año 2009, de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a las pequeñas y medianas empresas de la Región de Murcia, para la creación y producción de contenidos digitales audiovisuales.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. A efectos de lo dispuesto en esta Orden, se considera inversión subvencionable el coste de producción de una obra audiovisual, que estará integrado por la suma de los gastos necesarios para su realización, incluido el de la obtención de la copia master de emisión, excluidos impuestos. También se considerará inversión subvencionable, el gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa establecida en el artículo 17 de la presente Orden, hasta un límite de 3.000 €.

2. La subvención tendrá un límite máximo de 150.000 € para la modalidad de película para televisión, 100.000 € para la modalidad de documental, 75.000 € para el primer capítulo de la serie documental y 100.000 € para el primer capítulo de la serie de animación. Estas cuantías en ningún caso podrán suponer más de un 75% del total del presupuesto del proyecto a subvencionar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas españolas o nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo que, siendo productores independientes, a la fecha de publicación de la presente Orden, tengan su domicilio social o al menos un establecimiento permanente en
la Región de Murcia.

Requisitos:

a) Que su objeto social, en el caso de personas jurídicas, o su actividad principal, en caso de empresarios individuales y/o profesionales, tenga relación directa con la realización, producción, o postproducción de contenidos audiovisuales para su emisión en cualquier medio analógico o digital.

b) No estar incurso en ninguna de las causas que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones como impedimento legal para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas.

c) Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como en el de las obligaciones con la Seguridad Social, en los términos previstos en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones , y en el artículo 11 y concordantes de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

d) Estar dado de alta en un epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) que tenga relación directa con la realización, producción, o postproducción de contenidos audiovisuales para su emisión en cualquier medio analógico o digital.

Documentos asociados

Boletín: 10/11/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 260
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento