Subvenciones para la creación y producción de contenidos audiovisuales en nuevos soportes.

Código de ayuda:

S59900/09

Norma:

ORDEN de 18 de junio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/10/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La creación y producción de contenidos audiovisuales en nuevos soportes (Internet, televisión digital, consolas, dispositivos móviles, soportes ópticos, etc.) y contenidos transmediales (contenidos susceptibles de poder
transmitirse, retransmitirse, transportarse, distribuirse a través de distintos medios y canales tecnológicos) cuya realización se hubiera iniciado o inicie en 2009 y se encuentre realizada a 31 de diciembre de 2010.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la determinación del importe de la ayuda que corresponde a cada uno de los proyectos seleccionados se aplicará un sistema de reparto en virtud del
cual la dotación económica global establecida según lo previsto en el apartado 1 de este artículo, se distribuirá en proporción a la puntuación que hubiera obtenido cada proyecto en la fase de valoración, sin que en ningún caso la cuantía de la subvención pueda ser superior al importe solicitado por el interesado, ni a la cantidad de nueve mil (9.000) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Todas las personas físicas que a la fecha de publicación de la presente Orden se encuentren empadronadas, con al menos un año de antigüedad, en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) Todas las personas jurídicas privadas independientes establecidas como empresas de producción audiovisual o Tecnologías de la Información y Comunicación –en adelante TIC- legalmente constituidas en un Estado miembro de la Unión Europea que en la fecha de publicación de la convocatoria tengan un establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma del País Vasco y estén dadas de alta en el correspondiente epígrafe del impuesto de actividades económicas.

Documentos asociados

Boletín: 02/09/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 168
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos. Descargar Documento