Subvenciones para la creación y el mantenimiento de puestos de trabajo para personas con disminución.

Código de ayuda:

S05291/04

Norma:

Orden BEF/29/2004, de 2 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/12/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar iniciativas que generen ocupación para trabajadores con disminución desempleados mediante la creación o la ampliación de centros especiales de trabajo que contribuyan al mantenimiento de estos puestos de trabajo, o bien que ayuden a su constitución como trabajadores autónomos.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Bienestar Social y Familia (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Según las acciones desarrolladas:
a) Serán, en su conjunto, de 12.020,24 euros, por puesto de trabajo creado con carácter estable, si el centro especial de trabajo supera el 90% de trabajadores con disminución respecto del total de su plantilla.
La cuantía de la subvención por puesto de trabajo creado de carácter estable será de 9.015,18 euros, si el número de trabajadores con disminución del centro especial de trabajo está entre el 70% y el 90% del total de la plantilla.

b) 50% del salario mínimo interprofesional; Bonificación del 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedad profesional y las cuotas de recaudación conjunta; en la adaptación de los puestos de trabajo y la supresión de barreras arquitectónicas en una cuantía no superior a 1.803,04 euros por puesto de trabajo.

c) En los intereses de los préstamos que obtengan de cualquier entidad de crédito, pública o privada, no podrá superar la cuantía de 4.507,59 euros; 3.906,58 euros para inversión en capital fijo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las entidades de servicios sociales de iniciativa social, las entidades públicas y las privadas y las personas con disminución.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Proyectos para la creación de centros especiales de trabajo y ampliación de su plantilla:
1. Asistencia técnica.
2. Proyectos de interés social.
3. Subvención parcial de intereses del préstamo.

b) Proyectos para el mantenimiento de puestos de trabajo de personas con disminución en los centros especiales de trabajo:
1. Bonificaciones de cuotas de la Seguridad Social.
2. Subvención del coste salarial.
3. Adaptación de puestos de trabajo.
4. Saneamiento financiero.
5. Subvención destinada a equilibrar el presupuesto del centro especial de trabajo.

c) Proyectos de trabajadores con disminución desempleados para la constitución como trabajadores autónomos:
1. Subvención parcial de los intereses de los préstamos.
2. Subvención para inversión en capital fijo.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y justificarlo mediante la documentación correspondiente.
b) Figurar inscrito como centro especial de trabajo en el registro correspondiente.
c) En el caso de las solicitudes para constituirse en trabajador autónomo, estar parado y figurar inscrito como demandante de ocupación en la oficina de trabajo correspondiente, así como el certificado de la condición de persona con disminución.
d) En cualquier caso, con las solicitudes se deben adjuntar las memorias explicativas de los proyectos objeto de las subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 01/03/2004
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4081
Documento: Convocatoria Descargar Documento