Subvenciones para la creación de grupos operativos supraautonómicos en relación a la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola (AEI-AGRI) en el año 2016.

Código de ayuda:

S46591/16

Norma:

Real Decreto 253/2016, de 10 de junio. Orden de 17 de noviembre de 2016. Orden de 7 de abril de 2017. Orden de 17 de julio de 2017. Real Decreto 170/2018, de 23 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de diciembre de 2016.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 100.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de las ayudas es impulsar la creación de grupos operativos supraautonómicos, y que estos ideen, diseñen y redacten sus correspondientes proyectos de innovación, que previsiblemente ejecutarán en un futuro, pudiendo su ejecución ser objeto de otra línea de subvención también incluida dentro del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Cooperación empresarial
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas tendrán un límite de 100.000 € por solicitud, siendo de aplicación los demás límites señalados por los artículos 7 y 8 del Real Decreto 253/2016.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las subvenciones a que se refiere esta convocatoria agrupaciones, contempladas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, integradas por al menos dos personas físicas o jurídicas, pertenecientes a los sectores agrícola, agroalimentario y forestal, a centros de generación y gestión del conocimiento o pertenecientes a otros ámbitos, que cumplan los requisitos especificados en los artículos 4, 5 y 6 del Real Decreto 253/2016.

Dentro de la agrupación de solicitantes, al menos 2 de ellos deben ser independientes entre sí.

El representante, a efectos de imputación presupuestaria, debe ser empresa privada, o bien ser una entidad asociativa de empresas privadas o de asociaciones de empresas privadas, incluso cuando dicha entidad asociativa no tenga naturaleza de empresa privada.

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