Subvenciones para la creación de Nuevas Empresas.

Código de ayuda:

S16700/04

Norma:

Convocatoria de 21 de mayo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Para empresas constituídas desde 16/10/03 hasta publicación: hasta 29/7/04; resto, hasta 15/10/04.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover y apoyar nuevos proyectos empresariales innovadores en el municipio de Palencia, o bien, en el caso de realizar una actividad comercial, que suponga un complemento a la oferta comercial existente, e impulsar el autoempleo en los programas de formación profesional ocupacional.
A su vez, se pretende favorecer que los/as nuevos/as empresarios/as se establezcan en el mercado de la mejor forma posible, con una localización idónea.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Ayuntamiento de Palencia (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Ayuda de 2.000 € para sufragar los gastos de constitución e inversión de la actividad.

2. En caso de tener local alquilado para el desarrollo de la actividad, la anterior cantidad se verá incrementada en 30 € por metro cuadrado de superficie del local alquilado objeto de subvención, hasta un máximo de 3.000 €.
Esta superficie corresponderá a la menor de las siguientes cifras: superficie declarada en el documento de alta en Hacienda para esa actividad, o superficie reflejada en el contrato de alquiler.
La subvención nunca supondrá más del 50% del total anual de la renta, considerada desde el primer mes de alquiler y excluyendo el I.V.A.
En el caso de que se produjera un único alta en la Seguridad Social, y éste fuera a tiempo parcial, la cuantía de la subvención se reducirá proporcionalmente al porcentaje de la jornada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

- Nuevos proyectos empresariales innovadores o, en el caso de realizar una actividad comercial, que supongan un complemento a la oferta comercial existente en la ciudad de Palencia.

- Empresas promovidas por personas desempleadas formadas en programas de formación profesional ocupacional calificados
como tales por las distintas administraciones, preferentemente Formación-Empleo, Plan F.I.P, Garantía social, con especial atención a aquellos colectivos en situación o riesgo de exclusión social, o aquellos con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo,cualquiera que sea su forma jurídica, generadores al menos de un nuevo puesto de trabajo en régimen de autoempleo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Los proyectos empresariales innovadores.
Se entiende por proyecto empresarial innovador aquel que trata de satisfacer una demanda mediante el aprovechamiento de recursos ociosos o infrautilizados, o bien pretende ofertar un bien o un servicio con unas cualidades o beneficios reales y diferenciados a los ya existentes en el mercado.
Se entiende que complementa la oferta comercial de la ciudad cuando los productos que se van a comercializar poseen unas características diferenciales a las que ya son ofertados en la ciudad.

- Las empresas promovidas por personas desempleadas formadas en programas de formación profesional ocupacional calificados como tales por las distintas administraciones.

En concreto, se subvencionará:
- La creación de nuevas empresas y la generación de empleo.
- La inversión en capital fijo (entendiéndose como tal la realizada a partir de los 6 meses anteriores a iniciar la actividad empresarial).

Requisitos:

1. Los solicitantes deberán haber iniciado la actividad empresarial en el momento de la solicitud, entendiéndose como tal cuando se produzca el alta por inicio de actividad en Hacienda.

2. El proyecto empresarial debe reunir condiciones de viabilidad económica, técnica y financiera, por lo que se exige la presentación de un Plan de Empresa, que será analizado y estudiado por los técnicos del Área de Desarrollo Económico y Empleo. De ser informado positivamente, se admitirá a trámite.

3. No serán subvencionables los casos de fusión, escisión o transformación jurídica de una empresa, aportación de nuevas ramas de actividad, traslado, traspaso, cambio de domicilio o apertura de un nuevo centro de trabajo.

4. No serán subvencionables las empresas promovidas por personas que sean o hayan sido titulares como personas físicas o socios de sociedades limitadas o anónimas, con más de un 10% del capital social, de empresas que hayan cerrado en los últimos cinco años (considerados desde la fecha de solicitud).

5. No serán subvencionables los alquileres en los que exista relación jurídica o de parentesco, hasta el tercer grado, entre la parte arrendataria y arrendadora; o cuando alguna persona, física o jurídica, sea al mismo tiempo arrendadora y arrendataria.

6. No serán subvencionables los negocios con una inversión inferior a 2000 €.

7. El/la promotor/a no habrá estado de alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social en los últimos seis meses.
En caso de ser varias personas, al menos el 25% no habrán estado dados de alta en este Régimen en los últimos seis meses.

8. Al menos una de las personas promotoras deberá trabajar en la empresa creada. Deberá mantener al menos un puesto de trabajo de un/a promotor/a en la Seguridad Social durante un período mínimo de un año a partir de la fecha de alta en la Seguridad Social.

9. Entre los proyectos innovadores se priorizarán aquellos que puedan ser calificados como I+E según la Orden de 10 de junio de 2002, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Castilla y León.

10. La actividad promovida por los beneficiarios del artículo 2.2, formados en programas de formación profesional ocupacional, deberá estar directamente relacionada con la formación recibida, que debe haberse finalizado en los cuatro años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud, excepto si ha estado trabajando en una actividad relacionada.

Documentos asociados

Boletín: 14/06/2004
BO Provincia de Palencia- Nº 71
Documento: Convocatoria Descargar Documento