Subvenciones para la cosecha en verde de viñedo, establecidas en el Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.

Código de ayuda:

S20564/23

Norma:

ORDEN AGM/408/2023, de 3 de abril. Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre. ORDEN AGM/519/2023, de 20 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de abril de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar en Aragón las subvenciones destinadas a la cosecha en verde de viñedos, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, en las bases reguladoras establecidas en el Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del PASVE 2019-2023, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Se entenderá como cosecha en verde la destrucción o eliminación total de los racimos de uvas cuando todavía están inmaduros, de manera que se reduzca a cero el rendimiento de la parcela, sin que puedan existir uvas sin vendimiar en la parcela de viñedo objeto de la ayuda.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda por la destrucción o eliminación de los racimos de uva, será como máximo del 50 % de los costes directos calculados en base a la metodología de costes de la ayuda de reestructuración y reconversión de viñedo, y se establecen en hasta 600 euros/ha, tanto para la eliminación mecánica como manual, que se podrán acreditar mediante las facturas y justifcantes bancarios de los pagos efectuados por la persona benefciaria o mediante contribuciones en especie en forma de provisión de trabajo, en cuyo caso, la persona benefciaria deberá presentar una estimación de su valor aportando un parte de horas en el que se identifque y se justifque el tiempo invertido en la realización del trabajo y de la maquinaria propia empleada.

En el caso de solicitar la ayuda mediante contribuciones en especie en forma de provisión de trabajo, que no haya sido objeto de ningún pago en efectivo justifcado con facturas y justifcantes de pago, el coste máximo se fija asimismo en 600 euros/ha.

3. La compensación por la pérdida de ingresos será como máximo del 50 % del valor medio de la uva de las tres últimas campañas en la parcela objeto de la ayuda. Este valor se obtiene al multiplicar el rendimiento medio de la parcela objeto de ayuda en los años 2019, 2020 y 2021 por el precio medio de la uva a nivel de todo Aragón que se establece para esos mismos años en 0,485 €/kg.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Los viticultores cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación. En el momento de solicitar la ayuda deben estar inscritos en el Registro Vitícola los viticultores, como explotadores/cultivadores, así como sus parcelas objeto de solicitud de ayuda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. El apoyo a la cosecha en verde en Aragón solo podrá concederse para estos dos tipos de vendimia:

a) Manual.

b) Mecánica.

2. Sólo podrán acogerse a la ayuda a la cosecha en verde las solicitudes de parcelas que se destinen a la producción de uva para vinifcación y que deberán haber sido plantadas previamente a las tres campañas anteriores a aquella en la que se solicita la ayuda.

3. Se entenderá por “parcela” objeto de ayuda para la cosecha en verde, la superficie continua de viñedo identificable alfanumérica y gráficamente.

Requisitos:

1. Las solicitudes podrán contener una o más parcelas, que han de cumplir además de las condiciones establecidas en el apartado segundo, lo siguiente requisitos.

a) La superfcie por parcela será igual o superior a 0,3 hectáreas (ha).

b) la superfcie máxima por solicitud objeto de resolución aprobatoria será de 10 ha por viticultor y año. No obstante, las comunidades autónomas podrán reducir la superfcie máxima por viticultor y año.

2. Las parcelas de viñedo en las que se solicita la cosecha en verde deberán fgurar inscritas a nombre de la persona solicitante en el registro vitícola de Aragón en la fecha de presentación de la solicitud, así como en haber efectuado las correspondientes declaraciones de producción en las campañas anteriores, y en base a la información existente se examinara la admisibilidad de la solicitud.

3. No podrá recibir ayuda a la cosecha en verde una misma parcela de viñedo en dos campañas consecutivas, conforme a lo establecido en el artículo 22 del Reglamento Delegado (UE) 2016/1149 de la Comisión.

4. A las personas solicitantes que no cumplan los requisitos de admisibilidad se les notificará los motivos de la exclusión.

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