Subvenciones para la contratacion inicial de Agentes de Empleo y Desarrollo Local para el año 2008

Código de ayuda:

S58391/08

Norma:

RESOLUCION de 25 de agosto de 2008. RESOLUCION de 30 de octubre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/09/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Concesión de subvenciones dirigidas a Entidades Locales y Entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, para el año 2008, para la contratación inicial de Agentes de Empleo y Desarrollo Local (en adelante AEDL) que vayan a realizar nuevos proyectos.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención podrá alcanzar hasta el 80% de los costes laborales totales de los AEDL, incluyendo la cuota empresarial de cotización a la Seguridad Social, por todos los conceptos, con un
máximo de 28.470,00 euros por cada contratación subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

1. Podrán acceder a estas subvenciones las Entidades Locales y Entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local dentro del ámbito de la Comunidad de Castilla y León que lo soliciten, cumplan los requisitos y que contraten a AEDL en los términos previstos en esta Resolución.

2. A efectos de la presente convocatoria, tendrán la consideración de Entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local aquéllas que reúnan las siguientes características:

a. Sus objetivos y fines deben coincidir con los enunciados en la presente Resolución de convocatoria.

b. Deben estar integradas en su totalidad por Entidades Locales, o bien la participación de éstas debe ser mayoritaria.

c. Los representantes de las Corporaciones Locales en la Entidad dependiente o vinculada han de estar designados por los correspondientes Plenos.

3. No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas Entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones que les sean aplicables de las establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A estos efectos deberán cumplimentar la declaración responsable conforme al reverso del Anexo Ide la presente Resolución.

Documentos asociados

Boletín: 28/08/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 166
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 18/09/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 181
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 31/10/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 211
Documento: Modificación Descargar Documento