Subvenciones para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social.

Código de ayuda:

S26600/04

Norma:

Orden de 24 de noviembre de 2004. Resolución de 26 de enero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/02/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar los costes laborales derivados de la contratación de trabajadores desempleados para la ejecución de obras o servicios de interés general y social, en el ámbito de la colaboración con las Corporaciones Locales o Entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía, Empleo e Industria (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Corporaciones Locales o Entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local, aragonesas, que gocen de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los costes salariales de los trabajadores que, una vez reunidos los requisitos y aplicados los criterios de selección fijados en esta norma, sean contratados para la ejecución de las obras y servicios de interés general y social.
Los trabajadores contratados para la ejecución de proyectos por los que se otorgue la subvención del Instituto Aragonés de Empleo, deberán estar desempleados y figurar inscritos como demandantes de empleo en las Oficinas del Servicio Público de Empleo.

Las obras y servicios a realizar, en el marco de la colaboración entre el Instituto Aragonés de Empleo y las entidades solicitantes, deberán cumplir, al menos, los siguientes requisitos:
a) Que se trate de obras y servicios de interés general y social y que sean competencia de las Corporaciones Locales, incluidas
aquellas obras y servicios que se realicen sobre bienes inmuebles que pongan las entidades solicitantes a disposición del Instituto Aragonés de Empleo.
b) Que sean ejecutados por las entidades solicitantes en régimen de administración directa o por las empresas a las que se adjudique su ejecución.
c) Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesional de los desempleados.
d) Que el porcentaje mínimo de trabajadores desempleados a ocupar en la realización de la obra o servicio sea del 75 por 100.
e) Que la programación de las obras y servicios se ajuste, en cuanto a su duración, al siguiente sistema de tramos, por el que se vinculan las fechas de inicio a las fechas límite de finalización de las obras y servicios:
Entre el 1 de abril y el 31 de agosto 31 de diciembre del ejercicio de inicio
Entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre 30 de junio del ejercicio siguiente
f) Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias no subvencionadas por el Instituto Aragonés de Empleo para la realización de la obra o servicio de que se trate, lo que se acreditará mediante la correspondiente certificación de la entidad.
g) Que, en caso de que las obras o servicios sean ejecutadas en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, sean realizadas preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación.
h) Que las obras o servicios a ejecutar se realicen en alguna de las siguientes actividades:
h.1. Servicios personales de proximidad vinculados a la vida diaria:
—Cuidado de niños, a través del impulso municipal de esta actividad y la creación de guarderías y servicios de actividades
extraescolares.
—Prestación de servicios a domicilio, mediante el impulso municipal de esta actividad y la puesta en marcha de servicios dirigidos a personas incapacitadas o mayores.
—Prestación de servicios de ayuda a jóvenes en dificultad y con desarraigo social y a otros colectivos en situación o riesgo de exclusión.
h.2. Servicios para la protección del medio ambiente:
—Gestión de residuos vinculada a su eliminación, tratamiento, reutilización o reciclaje.
—Gestión y tratamiento de las aguas.
—Protección, mantenimiento, conservación y mejora de zonas naturales tales como espacios forestales, parques, jardines, ríos, dehesas y caminos rurales, así como recuperación de espacios degradados.
—Control de la energía e implantación, gestión y explotación de energías renovables.
—Control de la contaminación.
—Aulas de la naturaleza o aulas verdes.
—Prevención de incendios y recuperación de zonas afectadas por los mismos.
h.3. Servicios de utilidad colectiva:
—Mejora y rehabilitación de viviendas e inmuebles, siempre que quede delimitada la competencia de la Corporación Local.
—Comercios de proximidad, mediante la habilitación de infraestructuras para su puesta a disposición de emprendedores y promotores para su utilización temporal.
—Revalorización de espacios públicos urbanos, mediante la reparación de calles, alumbrado público, espacios deportivos y recreativos e implantación o acondicionamiento de mobiliario urbano.
—Transportes colectivos.
h.4. Servicios y actividades de ocio y culturales:
—Construcción, reparación o mantenimiento de centros sociales para ancianos y jóvenes.
—Promoción del turismo alternativo, ecoturismo, turismo rural y cultural.
—Potenciación del patrimonio cultural y desarrollo cultural local.
—Promoción del deporte a través de la reparación o mantenimiento de instalaciones deportivas o la promoción de actividades de esta índole.
—Restauración de obras fotográficas y cinematográficas.
—Actividades dirigidas a la recuperación de productos autóctonos, cultivos tradicionales y trabajos tradicionales o artesanos.
h.5. Nuevas tecnologías de la información:
—Implantación de nuevas tecnologías informáticas para la gestión administrativa.
—Implantación de nuevas tecnologías de la información, mediante el desarrollo de páginas web, sistemas de información corporativos e intranet.
—Catalogación e informatización de archivos y bibliotecas municipales.

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