Subvenciones para la compra pública de innovación, cofinanciadas a través del Programa FEDER Canarias 2021-2027.

Código de ayuda:

S26482/25

Norma:

Orden de 1 de septiembre de 2025. ORDEN de 27 de junio de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de octubre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ejecución de proyectos de compra pública de innovación que supongan la mejora de los servicios e infraestructuras públicas, mediante la incorporación de bienes o servicios innovadores, que satisfagan necesidades de desarrollo y/o mejora o de innovación debidamente identificadas y justificadas, y que estén alineados con los objetivos de la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias Ampliada.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El límite mínimo y máximo de la subvención a conceder por proyecto será de 500.000,00 euros y 2.000.000 de euros, respectivamente.

La cuantía de la subvención será la suma de los siguientes tipos de gasto:

- Costes directos subvencionables, que se calcularán a coste real.
- Costes indirectos subvencionables, que serán el 7% del coste anterior.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la condición de entidades beneficiarias los organismos y entidades delSector Público que tengan la condición de poder adjudicador.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrá solicitarse subvención para cualquier proyecto que suponga la mejora de los servicios e infraestructuras públicas, mediante la incorporación de bienes o servicios innovadores, que satisfagan necesidades de desarrollo y/o mejora o de innovación debidamente identificadas y justificadas, y que esté alineado con los objetivos de la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias Ampliada.

Requisitos:

Para ostentar la condición de beneficiarias, las entidades deberán cumplir con los siguientes requisitos en el momento de la solicitud:

a) Estar inscritas en el Inventario de Entes del Sector Público del Ministerio de Hacienda.

b) Estar válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud.

c) Tener residencia fiscal o un establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Canarias.

d) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.

e) Contar con un compromiso explícito en materia de igualdad entre mujeres y hombres que deberá constar por escrito, debiendo acreditarse la forma elegida para realizar su difusión a toda la plantilla.

f) No figurar incursas en alguna de las circunstancias o causas por las que se prohíbe obtener la condición de beneficiaria recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

g) No figurar incursas en un procedimiento de recuperación de ayudas, por haber sido estas declaradas ilegales e incompatibles con el mercado común por la Comisión Europea.

h) No figurar en crisis, definidas como tales en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

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