Subvenciones para la celebración de acciones de comunicación y actividades divulgativas.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S65664/10

Norma:

Orden AEC/3211/2010, de 1 de diciembre. Resolución de 23 de diciembre de 2010. Resolución de 22 de junio de 2011. Resolución de 30 de diciembre de 2011. Resolución de 23 de enero de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/02/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de ayudas o subvenciones destinadas a financiar la celebración de actividades divulgativas y acciones de comunicación sobre la Unión Europea y su desarrollo institucional, político, económico, social y cultural, haciendo especial hincapié en el papel de España, que tengan lugar durante el año 2013, desde el momento en el que se conozca la concesión hasta el 30 de septiembre de 2013.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas o ingresos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Toda persona física o jurídica española, no perteneciente al sector público, legalmente constituida que, en todo caso, reúna y esté en disposición de acreditar los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de iniciativas de comunicación y participación ciudadana sobre los asuntos anteriormente citados y que fomenten el concepto y la práctica de ciudadanía europea en y con la sociedad civil española.

Requisitos:

1. Carecer su actividad de fines de lucro.

2. El cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

3. Disponer de los medios y capacidad suficientes para realizar las actividades y garantizar el objetivo de cumplimiento de los objetivos previstos en dichas actividades.

4. No encontrarse comprendido en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley General de Subvenciones, sobre la prohibición para la obtención de ayudas o subvenciones públicas.

Documentos asociados

Boletín: 14/12/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 303
Documento: Bases Reguladoras. Descargar Documento
Boletín: 03/01/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 2
Documento: Primera Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 30/06/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 155
Documento: Segunda Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 16/01/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 13
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 31/01/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 27
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento