Subvenciones para la automatizacion de catalogos de bibliotecas publicas de Navarra durante 2008.

Código de ayuda:

S18219/08

Norma:

ORDEN FORAL 32/2008, de 27 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/04/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Otorgar subvenciones para los trabajos de automatización del catálogo impreso de las bibliotecas públicas
de Navarra, realizados en el año 2008, para su incorporación al Catálogo Colectivo del Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra, difundido por Internet y gestionado por el Servicio de Bibliotecas del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.

De esta manera, se promueve la coordinación de los recursos materiales del Gobierno de Navarra y de las respectivas entidades locales, en calidad de corresponsables y cofinanciadores de las bibliotecas públicas
abiertas en la Comunidad Foral de Navarra.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Otras

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Cultura y Turismo - Institución Príncipe de Viana (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se autoriza un gasto de 53.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales de la Comunidad Foral de Navarra cuya biblioteca pública esté integrada en
la red informática de la administración foral y, a la concesión de la subvención, se gestione mediante convenio con el Gobierno de Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se llevarán a cabo dentro del Sistema Integrado de Gestión Bibliotecaria AbsysNET, en conexión directa al servidor central del Servicio de Bibliotecas:

a) Búsqueda de todos y cada uno de los títulos de las obras a catalogar en el Catálogo Colectivo del Sistema de Bibliotecas Públicasde Navarra o en otras bases de datos. A este fin, el personal de la biblioteca pública seleccionará los títulos a catalogar, desechando los que sean objeto de expurgo.

b) Localización e identificación del registro bibliográfico correspondiente.

c) Si el título está en la base de datos del Catálogo Colectivo del Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra, una vez comprobado que se trata de una "edición sin cambios significativos", se realizará el registro de copia (alta ejemplar) correspondiente, de acuerdo con los criterios establecidos en el Manual para la Catalogación Automatizada.

d) Catalogación y clasificación completa del título en el caso de que no lo estuviese o se tratase de una "edición con cambios".

e) Control y alta, si procede, de autoridades.

f) Registro de copia (alta ejemplar). A cada registro bibliográfico se asignarán tantos registros de copias como ejemplares se reciban para su proceso.

g) Retirada del adhesivo identificativo, situado en el lomo del ejemplar, de que disponen algunos volúmenes y colocación de nueva identificación, si fuera necesario (Retejuelado).

h) En el registro de copia se completará la información de, al menos, los siguientes campos: Sucursal, Localización, Tipo de ejemplar, Estado del ejemplar, Procedencia, Signatura, Código 1 de ejemplar
y Signatura suplementaria, si procede.

i) En el campo "Texto" se anotará la información sobre el ejemplar que señale el personal de la biblioteca pública.

j) La descripción bibliográfica se realizará en formato IBERMARC, según ISO 2709 y 1001 en el Sistema Integrado de Gestión para Redes de Bibliotecas AbsysNET, y correspondiente al segundo nivel de descripción bibliográfica contemplado en las Reglas de Catalogación (edición de 1995), conforme a la edición publicada por AENOR, en 1995, de la Clasificación Decimal Universal (CDU) y a la normativa común de catalogación de las Bibliotecas Públicas de Navarra, recogidas en el Manual para la Catalogación Automatizada.

k) Será obligatorio introducir un código identificativo del responsable técnico del trabajo y de la sucursal en el campo NULL. La introducción de este código se realizará tanto al crear un registro nuevo, en
cualquiera de los formatos, como al crear una nueva autoridad.

l) La catalogación de Autoridades se realizará, asimismo, de acuerdo con el Manual para la Catalogación Automatizada de las Bibliotecas Públicas de Navarra, siendo imprescindible para su redacción la consulta de las fuentes que se han establecido en dicho Manual.

Documentos asociados

Boletín: 14/03/2008
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 34
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento