Subvenciones para la atención de los menores que estén o hayan estado afectados por medidas de protección o judiciales.

Código de ayuda:

S07219/03

Norma:

Orden de 18-12-2003.

Plazo de Solicitud:

Abierto indefinidamente del 2 de enero al 1 de marzo de cada ejercicio.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El mantenimiento de centros, servicios y desarrollo de programas de actividades destinadas a menores afectados por medidas de protección o judiciales, con el objeto de conseguir una mayor agilidad en el pago y justificación de las subvenciones.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Hasta el 100 % de la actividad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades privadas sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de personal y mantenimiento de los siguientes Centros y Servicios:
Centros de Día.
Servicios de Asesoramiento Psicopedagógico.
- Hogares y Centros de acogida de menores.
- Pisos de autonomía.
- Centros de reforma de menores.
b) Programas de Menores:
- Intervención Familiar. (Menores con medidas de protección y/o judiciales)
- Acogimiento Residencial.
- Acogimiento Familiar.
- Adopción.
- Atención a menores en conflicto social.
- Autonomía personal.
- Talleres pre-laborales.
c) Programas de información, sensibilización y participación social.
d) Programas de formación, investigación o desarrollo de proyectos innovadores de intervención social.
e) Programas de formación profesional para el personal que presta servicios o colabora en el desarrollo de actividades dirigidas a menores afectados por medidas de protección o judiciales.
f) Otros programas de actividades que sean considerados de interés social y vayan dirigidos al colectivo de menores.

Requisitos:

1. Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.
2. Carecer de fines de lucro.
3. Haber justificado, en su caso, las ayudas económicas recibidas por parte de la Consejería de Bienestar Social para fines análogos y no hallarse inmersas en procedimientos de reintegro de subvenciones públicas o procedimiento sancionador incoado por tal motivo.
4. Acreditar en la forma establecida en el apartado correspondiente de la presente Orden que se hallan al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
5. Disponer de la estructura técnica y capacidad financiera suficiente para de éste, o hasta que transcurra el plazo de un mes.

Documentos asociados

Boletín: 26/12/2003
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 181
Documento: Convocatoria de carácter indefinido Descargar Documento