Subvenciones para la aplicacion de las medidas agroambientales en el marco del Programa de Desarrollo Rural para CastillaLa Mancha 2007/2013.- Modificación.

Código de ayuda:

S05582/12

Norma:

Orden de 15/02/2012. Orden de 21/02/2013.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la aplicación de las medidas agroambientales previstas en el artículo 39 del Reglamento (CE) nº 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre de 2005 (DO nº L277 de 21/10/2005) relativo a la ayuda al desarrollo rural a través de
Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2007/2013.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Para la medida 214.1 Agro sistemas extensivos en secano:

- Herbáceos en secano; 65,5 (€/Ha).

- Compromiso voluntario de barbecho semillado: 50 (€/Ha).

- El importe de las primas en las explotaciones en zonas declaradas como ZEPA se incrementará en un 20%. Se entenderá que una explotación está en zona ZEPA cuando al menos el 50% de su superficie lo esté.

b) Para la medida 214.2 Apicultura para mejora la biodiversidad en zonas naturales:

- Superficie de alta biodiversidad: 11,75 (€/Ha).

Con un máximo de 2 hectáreas admisibles por colmena.

c) Para la medida 214.3 Ganadería Ecológica:

- Explotaciones con orientación productiva de carne que no terminen el ciclo de cebo en la explotación: 129 €/ UGM.

- Explotaciones con orientación productiva de carne que terminen el ciclo de cebo en la explotación: 159 €/UGM.

- Resto de explotaciones con orientación productiva distinta a la de carne: 159 €/UGM.

d) Para la medida 214.4 Agricultura Ecológica (€/Ha):

- Herbáceos; 287 (€/Ha).

- Arroz; 600 (€/Ha).

- Frutos secos; 249 (€/Ha).

- Frutales pepita; 349 (€/Ha).

- Frutales hueso; 398 (€/Ha).

- Olivar; 329 (€/Ha).

- Hortícolas al aire libre; 397 (€/Ha).

- Hortícolas bajo plástico; 563 (€/Ha).

- Viñedo vinificación; 291 (€/Ha).

- Uva de mesa; 555 (€/Ha).

- Cítricos; 535 (€/Ha).

El importe de las primas de las medidas 214.4 Agricultura ecológica y 214.3 Ganadería Ecológica, se verá incrementado en un 10% para aquellas explotaciones, grupo de cultivo o especies ganaderas que se encuentren en periodo de conversión. En el caso de cultivos herbáceos y explotaciones ganaderas se computará como periodo de conversión los dos primeros años de compromisos agroambientales y en el caso de cultivos leñosos dicho periodo coincidirá con los tres primeros años de compromisos.

e) Para la medida 214.5 Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción:

- Ovino /caprino; 157 (€/UGM).

- Vacuno; 165 (€/UGM).

f) Para la medida 214.6: Conservación de la dehesa de Castilla-La Mancha:

- Prima base: 106,6 euros/hectárea.

- Prima complementaria recuperación de la biodiversidad: Ovino/caprino: 50 euros/hectárea; Vacuno: 100 euros/ hectárea; Equino: 100 euros/hectárea.

g) Para la medida 214.7: Regulación del pastoreo en Espacios Naturales Protegidos: - Bovino: 70,03 euros/hectárea.

- Ovino: 77,15 euros/hectárea.

- Caprino: 67,15 euros/hectárea.

h) Para la medida 214.8: Mantenimiento de la biodiversidad y el paisaje en franjas perilagunares:

- Abandono del cultivo de secano en una franja perilagunar de 25 metros de ancho: 145,53 euros/hectárea.

- Abandono del cultivo de regadío en una franja perilagunar de 25 metros de ancho: 353,43 euros/hectárea.

i) Para la medida 214.9: Mantenimiento de la biodiversidad y el paisaje en el entorno de cauces fluviales:

- Abandono del cultivo de secano en una franja en torno a cauces fluviales de 5 metros de ancho a lo largo de toda la longitud de colindancia con el cauce fluvial: 145,53 euros/hectárea.

- Abandono del cultivo de regadío en una franja en torno a cauces fluviales de 5 metros de ancho a lo largo de toda la longitud de colindancia con el cauce fluvial: 353,43 euros/hectárea.

j) Para la medida 214.10: Apoyo a la recuperación de especies amenazadas mediante la creación de caballones:

- Formación y mantenimiento de caballón simple: 500,00 euros/hectárea de caballón.

- Formación y mantenimiento de caballón doble: 600,00 euros/hectárea de caballón.

La superficie objeto de ayuda es la superficie del caballón, es decir, en caballones simples corresponde a los 1,2 metros de anchura por la longitud del caballón y en el caso de caballones dobles a los 3,6 metros de anchura por la longitud del caballón.

k) Para la medida 214.11: ayuda a la lucha contra la erosión en cultivos leñosos - 139 €/ hectárea.

l) Para la medida 214.12: Integración medioambiental de cultivo de viñedo de secano - 130 €/ hectárea de viñedo acogido.

m) Para la medida 214.14: Prácticas agroambientales en el cultivo de girasol de secano - 60 euros/Ha de girasol.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones agrarias, que cumplan los requisitos establecidos.

Podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, reúnan los requisitos previstos en el apartado anterior, en los términos previstos en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Medida 214.1: Agro sistemas extensivos en secano.

b) Medida 214.2: Apicultura para mejora de la biodiversidad en zonas naturales.

c) Medida 214.3: Ganadería Ecológica.

d) Medida 214.4: Agricultura Ecológica.

e) Medida 214.5: Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción.

f) Medida 214.6: Conservación de la dehesa de Castilla-La Mancha.

g) Medida 214.7: Regulación del pastoreo en Espacios Naturales Protegidos.

h) Medida 214.8: Mantenimiento de la biodiversidad y el paisaje en franjas perilagunares.

i) Medida 214.9: Mantenimiento de la biodiversidad y el paisaje en el entorno de cauces fluviales.

j) Medida 214.10: Apoyo a la recuperación de especies amenazadas mediante la creación de caballones.

k) Medida 214.11: Lucha contra la erosión en cultivos leñosos.

l) Medida 214.12. Integración medioambiental del cultivo del viñedo de secano.

m) Medida 214.14: Prácticas agroambientales en el cultivo del girasol de secano.

Requisitos:

a) Dispongan de superficie de cultivo o explotación ganadera en el territorio de Castilla-La Mancha.

b) Presenten una solicitud inicial de ayuda para participar en el programa agroambiental, conforme a los modelos y plazos establecidos al efecto.

c) Presenten una solicitud anual de pago durante toda la duración del acuerdo de compromisos agroambientales conforme a los modelos y plazos establecidos en la correspondiente Orden de convocatoria.

d) Se obliguen a cumplir en su explotación agraria los compromisos agroambientales generales así como los específicos correspondientes a las medidas que se soliciten, durante toda la duración del compromiso.

Documentos asociados

Boletín: 21/02/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 38
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/02/2013
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 40
Documento: Modificación Descargar Documento