Subvenciones para la amortizacion de los costes de produccion de largometrajes cinematograficos, telefilmes y documentales de interes cultural gallego.

Código de ayuda:

S24891/09

Norma:

Resolucion de 16 de marzo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Por esta resolución se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la explotación de producciones o coproducciones audiovisuales en lengua gallega en régimen de concurrencia no competitiva. A tal fin, se destinan 600.000 euros correspondientes a la anualidad de 2009, que se financiarán con cargo a la aplicación 12.A1.432B.770.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia. La dotación máxima podrá ser ampliada en función de las disponibilidades presupuestarias. No podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la establecida sin que se realice una nueva convocatoria, salvo que se produzca una ampliación de créditos derivada de los supuestos autorizados en el artículo 31.2º de la Ley de subvenciones de Galicia.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura y Deporte (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Todas las personas físicas o jurídicas, constituidas como productoras audiovisuales independientes, domiciliadas al menos por un año, previo a esta convocatoria, en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la UE o que formen parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea, y que tengan, en el momento del pago de la ayuda, sede efectiva de su actividad, sucursal u oficina permanente en la Comunidad Autónoma de Galicia. A estos efectos, la definición de productor audiovisual independiente será la recogida en el artículo 4 n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 61
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento