Subvenciones para la adquisición y/o adaptación de vehículos de transporte colectivo.

Código de ayuda:

S07755/03

Norma:

Resolución de 22 de diciembre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/02/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar la adquisición y/o adaptación de vehículos de transporte colectivo, que faciliten la movilidad y el transporte de las personas con discapacidad y de las personas mayores, favoreciendo su integración, acceso a los servicios y la consecución de una calidad de vida similar a la del resto de los ciudadanos.

Categorías Subvención

  • Transporte

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Para la adquisición de vehículos nuevos:
- Hasta 18.030 euros, cuando tenga una capacidad no superior a 9
plazas.
- Hasta 48.080 euros, cuando tenga una capacidad de 10 o más
plazas.
b) Para la adaptación de vehículos, siempre que tengan una antigüedad inferior a 4 años:
- Hasta 7.820 euros, cuando tenga una capacidad no superior a 9
plazas.
- Hasta 18.050 euros, cuando tenga una capacidad de 10 o más
plazas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades privadas sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Adquisición de vehículos nuevos.
b) Adaptación de vehículos, siempre que tengan una antigüedad inferior
a 4 años.


Requisitos:

Figurar inscritas en el Registro de Entidades de carácter social de Castilla y León, o que habiendo solicitado su inscripción antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes se encuentren en trámite de la misma, en cuyo caso será requisito para poder ser beneficiarias su efectiva inscripción en el Registro, y que lleven a cabo sus actividades en el terri torio de la Comunidad de Castilla y León dentro del sector de personas con discapacidad o personas mayores dependientes.
Las personas con discapacidad deberán tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

Documentos asociados

Boletín: 31/12/2003
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 253
Documento: Convocatoria Descargar Documento