Subvenciones para la adquisición, la instalación y el mantenimiento de dispositivos de videovigilancia en ayuntamientos sin policía local.
Código de ayuda:
S01619/26Norma:
Orden ISP/4/2026, de 19 de enero. Resolución ISP/1039/2026, de 30 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 1 de mayo de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto es regular las subvenciones dirigidas a ayuntamientos sin policía local y a las entidades locales de ámbito supramunicipal que cumplan los requisitos establecidos en las bases 5 y 6 para financiar la adquisición, instalación y mantenimiento de dispositivos de videovigilancia en puntos de acceso a municipios o núcleos habitados u otras ubicaciones estratégicas, con el fin de mejorar la seguridad, dentro de los objetivos del Plan de Gobierno de la XV legislatura, entre los cuales figura como objetivo específico mejorar la seguridad ciudadana, la gestión de las emergencias y la convivencia.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
CataluñaConvoca:
Departamento de Interior y Seguridad Pública (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
- 30.000 euros, para la adquisición, instalación y mantenimiento del primer año de los dispositivos devideovigilancia, en caso de que el convenio se haya firmado a partir del 1 de enero de 2024.
- 450 euros por cámara con un límite de 3 cámaras, para el mantenimiento del año en curso de los dispositivos de videovigilancia a la fecha en que se publique la convocatoria en el DOGC, cuando el convenio haya sido suscrito antes del 1 de enero de 2024.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los ayuntamientos sin policía local de Cataluña y las entidades locales de ámbito supramunicipal que cumplan los requisitos previstos en la base sexta.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se establecen dos líneas de actuaciones subvencionables en función de la fecha de firma del convenio:- En aquellos convenios firmados a partir del 1 de enero de 2024, los gastos subvencionables son los relativos a la adquisición, instalación y mantenimiento del primer año de los dispositivos de videovigilancia, así como los derivados de la certificación acreditativa del cumplimiento de los requisitos técnicos del anexo 1 del mencionado convenio.
- En aquellos convenios firmados antes del 1 de enero de 2024, los gastos relativos al mantenimiento de los
dispositivos, del año en curso de la convocatoria.
La finalidad de la subvención es fomentar las políticas en el ámbito de la seguridad ciudadana.
Requisitos:
- Los ayuntamientos sin policía local de Cataluña:a) Tener firmado y vigente el Convenio de colaboración entre el Departamento de Interior y Seguridad Pública y las entidades locales en materia de videovigilancia por parte de la Policía de la Generalitat – Mossos d'Esquadra
b) Que la resolución de autorización de la dirección general competente siga siendo vigente.
- Las entidades locales supramunicipales:
a) Que los municipios de su ámbito territorial, donde se hayan instalado los dispositivos de videovigilancia, tengan firmado y vigente el Convenio de colaboración entre el Departamento de Interior y Seguridad Pública y las entidades locales en materia de videovigilancia por parte de la Policía de la Generalitat – Mossos d'Esquadra.
b) Que los municipios de su ámbito territorial, donde se hayan instalado los dispositivos de videovigilancia, tengan vigente la resolución de autorización de la dirección general competente.
Documentos asociados
Boletín:
10/04/2026
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9642
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9642
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
21/12/2026
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9587
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9587
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
