Subvenciones para la adquisicion de vehiculos autotaxi adaptados a personas con movilidad reducida.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S26628/12

Norma:

ORDEN de 28 de junio 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/08/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La adquisición de vehículos nuevos que se dediquen a la realización de servicios de autotaxi.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Vivienda y Administración Local (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención será de 4.000 euros por vehículo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Quienes adquieran la propiedad de un vehículo nuevo adaptado, con la tipología y destino indicados en el artículo 1, en el período comprendido entre el 1 de enero del año anterior a la convocatoria y el 31 de octubre del año de la convocatoria, y reúnan, además, los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los costes de adquisición y acondicionamiento del vehículo, que resulten necesarios para alcanzar el objetivo de adaptación del mismo a personas con movilidad reducida, sean o no usuarias de silla de ruedas.

Requisitos:

a) Poseer o adquirir la titularidad de una licencia de autotaxi, expedida por algún municipio de la Comunidad deMadrid, y de la correspondiente autorización de transporte interurbano en vehículo de turismo.

b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas, ni sanciones de naturaleza tributaria con la Comunidad de Madrid.

c) No hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) Mantener la titularidad del vehículo y su destino como autotaxi durante al menos dos años, salvo que, previa autorización, se sustituya por otro de condiciones análogas.

e) No haber obtenido subvención de la Comunidad deMadrid para esta misma finalidad en anteriores convocatorias.

Documentos asociados

Boletín: 13/07/2012
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 166
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento