Subvenciones para la adquisicion de maquinaria y equipos necesarios para las labores de repoblacion y tratamientos selvicolas.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S29482/11

Norma:

Resolución de 17 de mayo de 2011. Resolución de 27 de mayo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/07/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de ayudas para la adquisición de maquinaria para las labores de repoblación y
tratamientos selvícolas correspondiente al año 2011.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Las subvenciones que se concedan al amparo de la presente Resolución no rebasarán el tope máximo del 35% de la inversión.

2. La subvención por solicitante no podrá ser superior a 24.000 €.

3. En todo caso, el presente régimen de ayudas se acoge a la cláusula de mínimis por lo que las subvenciones percibidas por beneficiario no podrán superar los 200.000 € (100.000 € en casos de empresas que operen en el sector del transporte por carretera) en un período de tres ejercicios fiscales (el período se determinará tomando como referencia los ejercicios fiscales utilizados por la empresa en el Estado miembro correspondiente), cualquiera que sea el origen de las ayudas mínimis, la forma de las ayudas o el objetivo perseguido, de conformidad con el Reglamento (CE) n.º 1998/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, titulares de pequeñas y medianas empresas, radicados en el Principado de Asturias cuyo fin social les permita desarrollar, y hayan ejecutado en los últimos tres (3) años trabajos de: Ordenación forestal, repoblación forestal y tratamientos selvícolas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- La adquisición de los equipos y maquinaria nuevos, necesarios para el desarrollo de las actividades de ordenación, repoblación y tratamientos selvícolas, así como para la elaboración de los proyectos y planificaciones necesarios para llevarlos a cabo.

- También será auxiliable, la adquisición de los equipos de protección individual para riesgos laborales (EPIs), precisos para la ejecución de las actividades repoblación y tratamientos selvícolas.

Requisitos:

Los beneficiarios deberán acreditar una antigüedad mínima de un (1) año en el fin social al que se refiere el párrafo anterior.

Los beneficiarios del presente régimen de ayudas serán las pequeñas y medianas empresas incluidas en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a l a aplicación delos artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis (DOUE L 379, de 28 de diciembre de 2006), no resultando de aplicación a los sectores excluidos que se contemplan en el artículo 1 del citado Reglamento.

Documentos asociados

Boletín: 23/05/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 117
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/06/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 131
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento