Subvenciones para la adquisición de instalaciones, maquinaria y elementos destinados a la mejora de la comercialización de productos agroalimentarios.

Código de ayuda:

S16546/04

Norma:

Sesión de 28 de mayo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/07/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas que han de regir la convocatoria para la concesión de subvenciones durante el presente año 2004, destinadas a la adquisición de instalaciones, elementos y maquinaria para la comercialización, almacenamiento, transformación, clasificación, envasado y etiquetado de productos agroalimentarios procedentes de producciones agrarias de la Isla de Tenerife.

Esta línea de subvenciones tiene como objetivo prioritario incrementar las rentas de la población agraria de Tenerife, a través de dos vías:
a) Mejorar la competitividad y aumentar el valor añadido de los productos procesados en estas instalaciones a través de la mejora de la calidad, de la diversificación y de la presentación de los mismos.
b) Transparentar el mercado interior y optimizar las cotizaciones de los productos agroalimentarios, posibilitando que los agricultores accedan a un abanico más amplio de canales comerciales, incluyendo la venta directa.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Cabildo Insular de Tenerife (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Para los conceptos comprendidos en el apartado 1: El 25% del presupuesto de la inversión considerada subvencionable.
b) Para los conceptos comprendidos en el apartado 2: El 50% del presupuesto de la inversión considerada subvencionable.

Si aplicados los porcentajes y/o cuantías máximas de ayuda previstos en estas Bases, se manifiesta insuficiente el crédito aprobado y no pudiera ser objeto de ampliación, se procederá a reducir de forma lineal los porcentajes de ayuda hasta una reducción máxima del 50% sobre lo inicialmente calculado.

En ningún caso, el importe de las subvenciones o ayudas concedidas podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones de otras Administraciones Públicas o de otros Entes Públicos o privados, supere el 75% del coste total de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

a) Para los conceptos subvencionables comprendidos en el apartado 1:
Las Cooperativas, las Sociedades Agrarias de Transformación (S.A.T.) u otras Entidades Asociativas Agrarias de Tenerife, con un mínimo de veinticinco (25) miembros y una superficie agraria mínima beneficiada de veinticinco (25) hectáreas, cuya actividad principal sea la producción, transformación y/o comercialización de productos agroalimentarios producidos en la Isla de Tenerife, que tengan la consideración de subvencionables, y que hayan obtenido subvención para la misma finalidad mediante Resolución de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias en la convocatoria correspondiente al ejercicio 2003, a ejecutar en dicho ejercicio y siguiente/s.

b) Para los conceptos subvencionables comprendidos en el apartado 2:
Las Entidades Asociativas Agrarias y los Ayuntamientos de la Isla que gestionan Mercados del Agricultor, debiendo existir obligatoriamente, en este último caso, una Entidad Asociativa Agraria ligada al funcionamiento del Mercado del Agricultor que, en calidad de usuario, demande las instalaciones y/o maquinaria en cuya utilización y gestión se comprometa a participar.
Las Entidades Asociativas Agrarias, tanto las que soliciten subvención directamente como las vinculadas a las solicitudes presentadas por Ayuntamientos, deberán haberse constituido con la finalidad de comercializar, producir y/o transformar productos agroalimentarios de producción local.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.- El montaje de instalaciones y la adquisición de maquinaria y elementos para el almacenamiento, transformación, clasificación,
envasado -en sus múltiples formas- y etiquetado de productos agroalimentarios originarios de la Isla de Tenerife, así como aquellas otras máquinas o elementos complementarios que mejoren el funcionamiento o rendimiento de las primeras.
Estos conceptos únicamente tendrán la consideración de subvencionables cuando la petición de la ayuda sea complementaria a las subvenciones otorgadas por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias, concedidas para la misma finalidad en la convocatoria correspondiente al año 2003, a ejecutar en dicho ejercicio y siguiente/s.

2.- La adquisición de instalaciones, maquinaria, equipos y elementos destinados a la mejora de la comercialización de productos
agroalimentarios originarios de la Isla de Tenerife ligados a la actividad de un mercado del agricultor, o bien, vinculados a la venta directa por los productores.

No se considerarán subvencionables los conceptos anteriores que puedan estar auxiliados a través de otra línea de ayuda del Cabildo Insular de Tenerife y específicamente los destinados al procesado de productos lácteos y vitivinícolas ni tampoco los destinados a los cultivos de exportación (plátano y tomate).

Requisitos:

Ver Beneficiarios.

Documentos asociados

Boletín: 10/06/2004
BO Provincia de Tenerife- Nº 78
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 10/06/2004
BO Provincia de Tenerife- Nº 78
Documento: Bases Descargar Documento