Subvenciones para la adquisicion de equipos informaticos para el fomento del uso de Internet, en el ambito de la Comunidad Autonoma de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2009.

Código de ayuda:

S29191/09

Norma:

Orden de 25/03/2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria en régimen de evaluación individualizada de concesión de subvenciones, para la adquisición de equipos informáticos para facilitar el acceso a Internet de banda ancha, fomentando así el uso de Internet entre los ciudadanos residentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2009.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas establecidas en la presente Orden:

a) Las personas físicas residentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, que adquieran equipos informáticos destinados al uso de Internet, siempre que dicho uso no esté afecto a los fines mercantiles que pudiera desarrollar el solicitante.

b) Las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con sede social en la Región.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La actividad susceptible de ser subvencionada será la adquisición de equipos informáticos (debe contener un ordenador, aunque a él pueden sumarse impresoras y escáner), así como su conexión a Internet, con el hardware y software necesarios y con unas prestaciones equivalentes o superiores a las descritas en la base séptima de la Orden.

Requisitos:

Para ser beneficiario de la subvención es requisito necesario residir en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en el caso de personas físicas, o tener sede social en la Región, en el caso de asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.

Los solicitantes, para ser beneficiarios deberán adquirir el equipo informático a través de comercios que se adhieran al programa de ayudas.

No podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora aquellas personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La justificación de no hallarse incurso en alguna de dichas circunstancias se efectuará mediante la presentación, junto con la solicitud de concesión de subvenciones, de declaración responsable al efecto.

Tanto el modelo de solicitud como el modelo de declaración responsable figuran en los Anexos correspondientes a esta Orden.

Documentos asociados

Boletín: 14/04/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 70
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento