Subvenciones para la adquisición de dispositivos digitales en el curso académico 2016-2017, para su utilización por el alumnado que curse Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S40128/16

Norma:

ORDEN de 26 de septiembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

10 días naturales contados desde el día siguiente a aquel en que finaliza el plazo de presentación de la instancia.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 200

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan subvenciones para la adquisición de dispositivos digitales en el curso académico 2016-2017, para su utilización por el alumnado que curse Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas será de hasta un máximo de 200 (doscientos) euros por solicitante, con el límite del importe justificado por la factura del dispositivo concreto.

Si, tras la aplicación de los criterios anteriores la cuantía global resultante del total de las ayudas
concedidas fuera superior al crédito presupuestario señalado en el artículo 2, las cuantías calculadas para cada beneficiario serán reducidas proporcionalmente hasta ajustar el total de las ayudas al referido límite.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrá acogerse a esta convocatoria el alumnado que en el curso académico 2016-2017 curse Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato en un centro docente público o concertado del País Vasco, siempre que se reúnan los requisitos.

Requisitos:

a) El centro docente esté incluido en la red sare_hezkuntza gelan desde el curso 2014-2015.

b) El alumno o alumna sea beneficiario o beneficiaria en el curso 2015-2016 de una beca en la convocatoria de becas y ayudas al estudio para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios, en el componente de material escolar.

Queda excluido el alumnado becario que ya haya sido beneficiario de esta misma subvención en la convocatoria precedente, regulada por la Orden de 30 de septiembre de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura.

c) El dispositivo digital por el que se solicita la ayuda se corresponda con aquel por el que haya optado el centro para todo el grupo del o de la solicitante y haya sido adquirido a partir del 1 de enero de 2015.

Documentos asociados

Boletín: 13/10/2016
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 194
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento