Subvenciones para la adopcion internacional del año 2011.

Código de ayuda:

S12819/11

Norma:

Calvià, 23 de febrer de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/11/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir a la solidaridad de los vecinos del municipio de Calvià con los menores de los países desfavorecidos mediante el otorgamiento de subvenciones para el desplazamiento y estancia de los adoptantes en el país de origen de sus futuros hijos, al objeto de llevar a cabo los trámites inherentes a la adopción internacional.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Calvià (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención que concederá el Ayuntamiento será equivalente al abono, hasta un máximo de dos mil euros (2.000 euros) por familia adoptante.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los vecinos residentes en el municipio de Calvià, que desde el día 1 de enero del año 2011 y hasta el día 30 de noviembre del mismo año hayan adoptado un menor procedente de algún país desfavorecido, así como aquellos adoptantes que hubieran formalizado una adopción según los requisitos establecidos en la presente convocatoria durante el mes de diciembre del año 2010, debiendo acreditar documentalmente mediante original o copia compulsada, los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos de traslado de los adoptantes y del adoptado en clase básica y de los gastos de estancia en el país de origen del menor durante el tiempo necesario para realizar la tramitación pertinente. Todo ello, se refiere exclusivamente al último viaje realizado para el traslado del menor a su residencia habitual en el
Municipio de Calvià.

Requisitos:

a. D.N.I. de los solicitantes.

b. Residencia en el municipio de Calvià de los solicitantes de forma continua durante los dos años anteriores a la fecha de la solicitud de la subvención. El Ajuntamiento de Calvià podrá realizar, mediante los procedimientos legales pertinentes, las comprobaciones necesarias al respecto.

c. Pasajes correspondientes a los desplazamientos (billetes de avión, u otros medios de transporte), así como las facturas acreditativas de los mismos, y las relativas al alojamiento en el país de origen del menor.

d. Libro de Familia y la documentación acreditativa de la adopción

e. Declaración expresa de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
(Anexo 1)

f. Declaración de no encontrarse sometido a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o ningún procedimiento sancionador.

Documentos asociados

Boletín: 10/03/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 36
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos Descargar Documento