Subvenciones para la adecuacion, mejora, ampliacion y/o modernizacion de los locales comerciales y de servicios en Melilla.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S30000/11

Norma:

Orden n.º 268 de fecha 20 de mayo de 2011. En Melilla a 2 de junio de 2011.

Plazo de Solicitud:

Primer plazo:desde el 8/06/11 hasta el 31/08/11; Segundo plazo:desde 01/09/2011 hasta 31/12/2011.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2011 la concesión de subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 7 Reglamento por el que se regula el Régimen General de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A. (BOME nº 4.399 de 15/05/07), en régimen de concurrencia
competitiva y convocatoria abierta.

Categorías Subvención

  • Comercio

Localización del organismo gestor

Melilla

Convoca:

Consejería de Economía, Empleo y Turismo (Melilla)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima que se podrá conceder por proyecto de inversión y beneficiario será de 1.500,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las microempresas entendidas como tales las definidas por la Unión Europea en la Recomendación de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas y pequeñas y medianas empresas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de inversión subvencionables son aquellos que supongan una adecuación, mejora, ampliación y/o modernización de los locales abiertos al publico.

Los proyectos presentados se consideraran subvencionables siempre y cuando hayan pasado DOCE meses desde el alta en el impuesto de actividades económicas y/o declaración censal o bien desde el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o elevación a publico de la escritura de constitución de la sociedad , según su caso, de los solicitantes de las ayudas.

Requisitos:

- Las/os empresas/empresarios beneficiarias/ os deberán tener local abierto al publico en el ámbito
territorial de aplicación de las presentes bases.

- No serán subvencionables proyectos de empresarios que se constituyan como comunidad de bienes.

- Igualmente no podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quiénes concurra algunas de las circunstancias a que se refiere el artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 27 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 24/05/2011
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4819
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 07/06/2011
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4832
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento