Subvenciones para la adaptación de la ganadería extensiva a los retos ambientales y a los desafíos socioterritoriales.

Código de ayuda:

S44037/22

Norma:

ORDEN AGM/997/2022, de 27 de junio. ORDEN AGM/1187/2022, de 3 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de septiembre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2022 subvenciones destinadas a las personas o entidades titulares de explotaciones ganaderas extensivas de ganado menor (ovino y caprino) en zonas de presencia del oso pardo y/o del lobo en Aragón.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total máxima para esta convocatoria es de 550.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas y las agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad jurídica titulares de explotaciones de ganado ovino y caprino en régimen extensivo que cumplan los
requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La adquisición de vallados fijos o portátiles para el ganado.

b) La adquisición de pastores eléctricos.

c) La adquisición de perros de raza mastín en cualquiera de sus variantes (montaña de los Pirineos, mastín del Pirineo, mastín español), puros o procedentes de cruces acreditados entre ejemplares de estas razas, las actuaciones obligatorias para su inscripción en el registro de identificación de animales de compañía (RIACA) y la suscripción de seguros de responsabilidad civil.

d) Localizador GPS para ovino/caprino (dispositivos de localización y monitorización)

Requisitos:

a) Estar ubicadas en los municipios descritos en el anexo I o que, no estando ubicadas en esos municipios, puedan acreditar la utilización de pastos en alguno de los citados términos municipales un mínimo de 90 días seguidos, al menos durante las últimas cinco campañas. En caso de explotaciones con Plan de incorporación al amparo del último Plan de Desarrollo Rural para Aragón vigente (en adelante, PDR) al menos una de las cinco últimas campañas).

b) Tener la explotación inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de Aragón, y tener el ganado identificado y saneado de acuerdo con la normativa aplicable al efecto.

c) Tener contratado un seguro ganadero que cubra las incidencias provocadas por fauna silvestre en vigor en la fecha de presentación de la solicitud.

d) No superar el umbral de acumulación de ayudas en régimen de mínimis de 20.000 euros en un período de tres ejercicios fscales de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013.

e) En el caso de que la persona beneficiaria sea una persona jurídica, los miembros asociados de la misma que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta de la primera, tendrán igualmente la consideración de personas beneficiarias.

Documentos asociados

Boletín: 06/07/2022
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 129
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 17/08/2022
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 159
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 17/08/2022
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 159
Documento: Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento