Subvenciones para la aceleración cultural en el ámbito de las artes escénicas al amparo de los fondos de NextGenerationEU y del Mecanismo de recuperación y resiliencia del Reglamento (UE) número 2021/241, y se convocan para el año 2023.

Código de ayuda:

S26228/23

Norma:

RESOLUCIÓN de 4 de mayo de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de junio de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas bases tienen por objeto aprobar las condiciones por las cuales se regirá la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para participar en el Programa de aceleración cultural con la finalidad de contribuir a la consolidación y transformación de las industrias culturales y creativas en el ámbito de las artes escénicas estimulando la profesionalización empresarial.



Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de las Industrias Culturales. (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Estas actuaciones dispondrán de un crédito de 336.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias las personas profesionales registradas en el régimen especial de trabajadores autónomos, las pymes y las microempresas, siempre que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) La actividad empresarial debe desarrollarse de forma habitual y mayoritariamente en Galicia.

b) Que cuenten con una sucursal u oficina permanente en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la UE o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea.

c) Estar dadas de alta en los correspondientes epígrafes del impuesto de actividades económicas y tener un objeto o fin social acorde con alguno de los subsectores que componen las industrias culturales y creativas en Galicia en el ámbito de las artes escénicas. A los efectos de estas bases, el ámbito de las artes escénicas queda restringido a las disciplinas de teatro, en cualquiera de sus manifestaciones, de danza y artes del movimiento, de circo y de magia.

Además, para ser personas beneficiarias deberán estar al corriente de sus obligaciones con la Hacienda pública estatal, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social. También deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, para ser personas beneficiarias de la ayuda, y cumplir las obligaciones del artículo 11 de la citada Ley de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 29/05/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 100
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 29/05/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 100
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento