Subvenciones para inversiones productivas, incremento de la eficiencia energética y fomento de la reconversión de las empresas acuícolas a fuentes de energía renovables, y para la obtención de servicios de asesoramiento de carácter técnico, científico, jurídico, ambiental o económico en el ámbito de la acuicultura, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP).

Código de ayuda:

S66355/19

Norma:

ORDEN de 12 de diciembre de 2019. Orden de 28 de julio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de enero de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden, con código de procedimiento PE205F, tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas destinadas a inversiones productivas, incremento de la eficiencia energética y fomento de la reconversión de las empresas acuícolas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Creación nuevas empresas
  • Desarrollo Rural
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Conselleria de Mar (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las ayudas correspondientes a las modalidades A y B están dirigidas a las empresas que tengan la consideración de microempresas, pequeñas o medianas empresas, según la definición de pyme de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, así como las que no tengan esa consideración (grandes empresas).

Las ayudas correspondientes a la modalidad C únicamente están dirigidas a las empresas que tengan la consideración de microempresas, pequeñas o medianas empresas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Modalidad A: ayudas destinadas a la realización de las actuaciones que a continuación se detallan, que tienen por objeto el fomento de una acuicultura sostenible desde una perspectiva medioambiental, socialmente responsable, basada en el conocimiento y competitiva (artículo 48, apartados a), b), c), d), f) y h) del Reglamento UE 508/2014):

a) Inversiones productivas en la acuicultura.

b) Diversificación de la producción acuícola y las especies cultivadas.

c) Modernización de los centros acuícolas.

d) Mejoras y modernización relacionadas con la salud y el bienestar de los animales, incluida la adquisición de equipos destinados a proteger las explotaciones de los predadores salvajes.

e) Inversiones en la mejora de la calidad del producto acuícola o para incrementar su valor.

f) Diversificación de los ingresos de las empresas acuícolas mediante el desarrollo de actividades complementarias.

2. Modalidad B: ayudas destinadas a inversiones que aumenten la eficiencia energética y fomenten la reconversión de las empresas acuícolas a fuentes de energía renovables (artículo 48, apartado k), del Reglamento UE 508/2014).

3. Modalidad C: ayudas destinadas a la obtención de servicios de asesoramiento de carácter técnico, científico, jurídico, ambiental o económico, con el fin de mejorar el rendimiento global y la competitividad de las explotaciones acuícolas y reducir el impacto medioambiental negativo de su funcionamiento (artículo 49, apartado b), del Reglamento UE 508/2014).

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