Subvenciones para inversiones en accesibilidad, calidad y digitalización de la empresa turística. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
Código de ayuda:
S19364/25Norma:
ORDEN FORAL 75E/2025, de 2 de junio.Plazo de Solicitud:
Hasta el 28 de julio de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, instrumento de financiación orientado a los resultados, hitos y objetivos indicados en el mismo, que resultan vinculantes para la Comunidad Foral de Navarra, como administración pública participante.La ACD "Navarra Circular, Inclusiva y Resiliente" a que se hace referencia en la parte expositiva de
la resolución, contempla, como actuación a desarrollar, en el marco del Eje 4, "Competitividad", la
redacción de una convocatoria de subvenciones para el fomento de las inversiones para mejora de la competitividad de la empresa turística.
Categorías Subvención
Calidad
Discapacidad / Personas con discapacidad
Equipamientos informáticos y Tecnología
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Conserjería de Cultura, Deporte y Turismo (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Línea 1. Actuaciones destinadas a mejorar las condiciones de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas en establecimientos turísticos.- Inversión mínima: 100.000
- Presupuesto máximo subvencionable: 20.000
b) Línea 2. Inversiones necesarias para la implantación, obtención y renovación de certificaciones
de calidad turística.
- Inversión mínima: 10.000
- Presupuesto máximo subvencionable: 100.000
c) Línea 3. Actuaciones de digitalización de los sistemas de gestión y comercialización del establecimiento y utilización de inteligencia artificial.
- Inversión mínima: 6.000
- Presupuesto máximo subvencionable: 100.000
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
1. Podrán obtener la condición de beneficiarias las pymes que cumplan los siguientes requisitosgenerales:
1.1. Ser sujeto pasivo de la Hacienda Foral de Navarra por aquellos impuestos correspondientes a la actividad económica objeto de la subvención.
1.2. No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria del
artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. En el caso de denegar expresamente el consentimiento a consultar los datos a través del Sistema de Verificación y Consulta de Datos, establecido en la Orden PRE 3949/2006, de 26 de diciembre, por la que se establece la configuración, características y requisitos y procedimientos de acceso al Sistema de Verificación, marcando la casilla indicada a estos efectos en el formulario de solicitud de la subvención, la interesada deberá aportar los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
1.3. No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por
ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género
o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos
motivos.
1.4. Las pymes solicitantes que constituyan una agrupación de personas físicas o jurídicas o alguno de los supuestos del artículo 8.3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, deberán nombrar a una persona representante o apoderada única con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, le correspondan.
1.5. Tener la consideración de pyme conforme a lo establecido en el anexo I del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
1.6. En el caso de subvenciones de importe superior a 30.000 euros, no podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Línea 1. Actuaciones destinadas a mejorar las condiciones de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas en establecimientos turísticos.b) Línea 2. Inversiones necesarias para la implantación, obtención y renovación de certificaciones
de calidad turística.
c) Línea 3. Actuaciones de digitalización de los sistemas de gestión y comercialización del establecimiento y utilización de inteligencia artificial.
Documentos asociados
Boletín:
00/00/0000
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº
Documento: B.Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº
Documento: B.Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento