Subvenciones para iniciativas destinadas a fomentar los estrenos de producciones audiovisuales en euskera, así como su distribución comercial en soporte DVD.

Código de ayuda:

S35900/06

Norma:

ORDEN de 28 de agosto de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/10/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente Orden es la concesión de subvenciones para iniciativas que comienzan en el año 2006 y se desarrollan en el 2006 y 2007, destinadas a fomentar tanto los estrenos comerciales de largometrajes en versión original en euskera como en versiones dobladas o subtituladas en la citada lengua, así como la presencia en videoclubs, librerías y otros circuitos comerciales de producciones cinematográficas en soporte DVD en dichas versiones.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la determinación del importe de la ayuda que corresponde a cada uno de los proyectos y cuya cuantía
no podrá superar el 100% de los gastos, se aplicará un sistema de reparto en virtud del cual la dotación económica global establecida se distribuirá en proporción a la puntuación que hubiera obtenido cada proyecto en la fase de valoración conforme a los criterios establecidos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas de distribución cinematográfica con personalidad jurídica.

b) Las empresas de distribución de DVDs con personalidad jurídica.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones se llevarán a cabo durante los ejercicios 2006 y 2007, y podrán cubrir los siguientes conceptos:

a) Gastos de doblaje al euskera y gastos de laboratorio de largometrajes en soporte cinematográfico y DVD.
b) Gastos de subtitulación al euskera de largometrajes en soporte cinematográfico y DVD.
c) Gastos de copiaje: hasta cuatro copias en euskera en 35 mm.
d) Gastos de edición en DVD de largometrajes en las versiones en euskera.
e) Gastos de promoción de las versiones en euskera.

Requisitos:

No podrán recibir ayuda los estrenos y DVDs de películas calificadas como «X» de acuerdo con el artículo
10.3 de la Ley 15/2001, de 9 de julio, de fomento y promoción de la cinematografía y el sector audiovisual.

Documentos asociados

Boletín: 28/09/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 186 ZK
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento