Subvenciones para incentivar los contratos para la formación en actividades artesanales para el ejercicio 2007.

Código de ayuda:

S34864/06

Norma:

Resolución 30-08-2006. Orden de 24-11-2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/08/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas para fomentar la realización de contratos de formación en actividades artesanales y de oficios, según relación recogida en el Anexo I, en el ámbito geográfico de Castilla-La Mancha y la convocatoria para el ejercicio 2007.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Existirán 3 adjudicaciones, una en cada cuatrimestre natural del año en la que se resolverán las solicitudes presentadas y completadas en el cuatrimestre natural anterior. En cada adjudicación se distribuirá un importe de 233.333,33 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Empresas o entidades sin ánimo de lucro de carácter privado, las comunidades de bienes o cualquier otra unidad económica o patrimonio separado, en los términos establecidos en el art. 11.3 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, que formalice un contrato de trabajo, de los previstos en la presente norma.
Se establecen una serie de exclusiones de entidades (base 4ª puntos 2, 3, 4, 5 y 6) y de exclusión de modalidades de contratación de trabajadores (base 6ª, letras a, b y c)

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las entidades accederán a las subvenciones en régimen de concurrencia, resolviéndose con los siguientes criterios de otorgamiento: Contratos suscritos con mujeres víctimas de violencia doméstica, con menores tutelados o extutelados por la Administración que participen en el Programa de Autonomía Personal y menores en conflicto, con mujeres en profesiones u oficios en los que estén subrepresentadas, con discapacitados, localidades menores de 5000 habitantes y otros.

Requisitos:

Para las entidades beneficiarias: consultar Base 5ª.
Para los trabajadores a contratar: consultar base 8ª.

Las entidades que hubieran suscrito contratos acogidos a este programa en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2005 , hasta la publicación de la presente norma, tendrán un plazo máximo de tres meses, a contar desde su entrada en vigor, para solicitar las subvenciones que les pudieran corresponder.
Los menores reseñados tendrán una edad entre 16 y 21 años.

Documentos asociados

Boletín: 21/12/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 256
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 22/09/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 197
Documento: Convocatoria Descargar Documento