Subvenciones para incentivar la ocupación de locales de los mercados municipales, así como a apoyar a los locales de uso deportivo y escuelas de danza y música en mercados municipales.

Código de ayuda:

S29582/22

Norma:

Decreto de 8 de abril de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder subvenciones para:

Categoría 1: Incentivar la ocupación de locales de los mercados municipales.

Categoría 2: Apoyar a los gimnasios y escuelas de danza y música ubicados en los mercados municipales afectados por las restricciones de actividad establecidas en la normativa de la Comunidad de Madrid por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total de esta convocatoria asciende a 490.000 euros.

Categoría 1: La cuantía máxima de las ayudas por beneficiario será de 1.000 euros por mensualidad, hasta un máximo de doce meses, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2022.

Categoría 2: La cuantía máxima de la ayuda por beneficiario será de 10.000 euros por mensualidad completa, durante el período comprendido entre el 22 de junio de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2021.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas que hayan firmado un contrato de cesión de uso de local con el concesionario de un mercado municipal de conformidad con el artículo 18.1 de la ordenanza de mercados
municipales en el período comprendido entre el 1 de enero 2020 y el 30 de septiembre de 2022 (categoría 1).

Locales de uso deportivo y escuelas de danza y música que hayan iniciado su actividad con anterioridad al 1 de enero de 2020 (categoría 2).

Requisitos:

a) Estar formal y legalmente constituidas e inscritas.

b) No tener deudas en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social o, en su defecto, tener concedido aplazamiento o moratoria.

Estos requisitos deberán cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la subvención en su caso.

Quedan excluidas de estas ayudas:

a) Las administraciones públicas, sus organismos autónomos, sus empresas y otros entes públicos.

b) Las tarifas de los locales que se hayan condonado por el concesionario del mercado en el período correspondiente, en el ámbito del procedimiento administrativo iniciado por el Ayuntamiento de Madrid para restablecer el equilibrio económico de la concesión de cada mercado como consecuencia de la crisis sanitaria de la COVID-19.

Documentos asociados

Boletín: 22/11/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 278
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 11/05/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 111
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 11/05/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 111
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 11/05/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 111
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento