Subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación.- Convocatoria 2022 promoción de los fines y valores del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S11064/20

Norma:

Orden 31/2020, de 5 de marzo. Resolución de 17/06/2020. Resolución de 17/06/2020. Resolución de 17/06/2020. Resolución de 24/06/2020. Resolución de 25/06/2020. Orden 23/2021, de 24 de febrero. Resolución de 06/04/2021. Resolución de 09/04/2021. Resolución de 10/03/2022. Resolución de 08/03/2022. Resolución de 16/03/2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de abril de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la promoción de la igualdad a través de la realización de proyectos en Catilla # La Mancha, destinados a fomentar la igualdad entre mujeres y hombres, impulsando el movimiento asociativo que tenga entre sus fines la promoción de la igualdad de género.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Instituto de la Mujer (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

se establece como límite que la cuantía de la subvención no puede superar por proyecto la cantidad
de 1.800,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

a) Ayudas a la investigación: las personas físicas; las entidades sin ánimo de lucro y las corporaciones de derecho público de alcance provincial o regional con sede o delegación permanente en Castilla-La Mancha.

b) Ayudas para la prevención de la trata y la explotación sexual: las entidades sin ánimo de lucro.

c) Ayudas para la prevención de la mutilación genital femenina: las entidades sin ánimo de lucro.

d) Ayudas a víctimas de discriminación múltiple: las entidades sin ánimo de lucro.

e) Ayudas para la reducción de brechas de género en el ámbito laboral: las entidades sin ánimo de lucro, y las corporaciones de derecho público de alcance provincial o regional con sede o delegación permanente en Castilla-La Mancha.

f) Ayudas para planes de igualdad: las entidades locales de Castilla-La Mancha y aquellas entidades que no estén obligadas a contar con un plan de igualdad, que incluye a las empresas, las corporaciones de derecho público de alcance provincial o regional y las entidades sin ánimo de lucro

g) Ayudas para planes estratégicos de igualdad municipales: las entidades locales de Castilla-La Mancha.

h) Ayudas para los consejos locales de la mujer o de igualdad: las entidades locales de Castilla-La Mancha.

i) Ayudas para fomentar el asociacionismo de mujeres: las asociaciones de mujeres o federación de asociaciones de mujeres.

j) Ayudas para la promoción de la igualdad de género: las asociaciones o federaciones que no sean exclusivamente de mujeres, y que tengan entre sus fines la promoción de la igualdad de género.

k) Ayudas para favorecer la no discriminación de las personas pertenecientes al colectivo LGTBI: entidades LGTBI sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Ayudas a la investigación: proyectos para profundizar en el conocimiento de la igualdad entre mujeres y hombres de Castilla-La Mancha incluidas todas las manifestaciones de la violencia de género, haciendo visibles las diversas situaciones en las que se encuentran desde la perspectiva de género. Cada convocatoria podrá determinar las temáticas prioritarias.

b) Ayudas para la prevención de la trata y la explotación sexual: proyectos para sensibilizar y prevenir la trata de mujeres y niñas con fines sexuales y la explotación sexual.

c) Ayudas para la prevención de la mutilación genital femenina: proyectos destinados a la sensibilización y concienciación sobre la forma de violencia de género que supone la mutilación genital femenina.

d) Ayudas para la prevención de la discriminación múltiple: proyectos para la prevención de la discriminación múltiple que se produce cuando varios motivos de discriminación interactúan simultáneamente sobre las mujeres, dando lugar a situaciones de mayor vulnerabilidad.

e) Ayudas para la reducción de brechas de género en el ámbito laboral: proyectos que promuevan la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y que contribuyan a reducir las diferencias de género.

f) Ayudas para planes de igualdad: proyectos para elaborar planes de igualdad en empresa o en otras entidades de la región.

g) Ayudas para planes estratégicos de igualdad municipales: proyectos para elaborar planes municipales que favorezcan la disminución de las desigualdades de género.

h) Ayudas para los consejos locales de la mujer o de igualdad: proyectos impulsados por los consejos locales que favorezcan la participación, el empoderamiento y toma de decisiones de las mujeres en espacios públicos y privados.

i) Ayudas para fomentar el asociacionismo de mujeres: proyectos de asociaciones y federaciones de mujeres que tengan como objetivo promover la igualdad real entre mujeres y hombres, fomentando la participación social de las mujeres y el trabajo en red. Cada convocatoria podrá determinar las temáticas prioritarias.

j) Ayudas para la promoción de la igualdad de género: proyectos para fomentar la igualdad entre mujeres y hombres impulsando el movimiento asociativo que tenga entre sus fines la promoción de la igualdad de género.

k) Ayudas para favorecer la no discriminación de las personas pertenecientes al colectivo LGTBI: proyectos que tengan como objetivo informar y sensibilizar a la población castellano manchega contra estereotipos y prejuicios de índole sexual y de género, y cuyas acciones fomenten la inclusión y normalización del colectivo LGTBI y traten de prevenir la LGTBIfobia.

Requisitos:

a) No estar incursos en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

b) No encontrarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. Para el caso de personas jurídicas, esta incompatibilidad se extiende a sus representantes legales.

c) No haber sido sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente.

d) Si se tratase de personas o entidades sujetas a la normativa de prevención de riesgos laborales, deberán disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

e) Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social.

f) En el caso de entidades sin ánimo de lucro, asociaciones y federaciones estar constituidas e inscritas en el Registro General de Asociaciones o registros correspondientes.

g) Las empresas, las corporaciones de derecho público de alcance provincial o regional y las entidades sin ánimo de lucro, que opten a las ayudas para planes de igualdad, deberán tener en el momento de presentar su solicitud, una plantilla no inferior a 25 personas trabajadoras.

Todas las entidades que soliciten las ayudas para planes de igualdad deberán garantizar el compromiso de la entidad y la participación e implicación de la representación legal de las personas trabajadoras en la elaboración, implantación y seguimiento del plan de igualdad. Asimismo, sólo podrán obtenerla si no han recibido esta ayuda en los dos años anteriores.

h) Las entidades que soliciten las ayudas para planes estratégicos de igualdad municipales sólo podrán obtenerla si no han recibido esta ayuda en los dos años anteriores.

i) Las entidades que opten a las ayudas para los consejos locales de la mujer o de igualdad deberán tener en el momento de presentar la solicitud consejo local de la mujer o de igualdad, o compromiso de crearlo con anterioridad a la realización del proyecto.

j) Las Asociaciones y Entidades que opten a las ayudas para favorecer la no discriminación de las personas pertenecientes al colectivo LGTBI acreditar actuaciones de sensibilización, información, formación y asesoramiento a personas LGTBI en el territorio de Castilla-La Mancha durante los dos años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

k) Utilizar un lenguaje inclusivo no sexista en todos los procesos de comunicación, información y gestión emanados directa o indirectamente de las entidades o personas beneficiarias.

l) Ejecutar el proyecto en el territorio de Castilla-La Mancha.

m) En los proyectos subvencionados de formación o intervención las/los profesionales responsables de la ejecución deberán contar con especialización en la materia.

Documentos asociados

Boletín: 12/03/2020
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Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 29/06/2020
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Boletín: 12/04/2021
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Boletín: 19/04/2021
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DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 53
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