Subvenciones para giras y temporadas teatrales en el año 2017 fuera del ámbito territorial del euskera.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S31100/17

Norma:

RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de julio de 2017.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 8.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente convocatoria es establecer el procedimiento para la concesión de subvenciones para la realización de giras y temporadas teatrales en el año 2017 fuera del ámbito territorial del euskera.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

INSTITUTO VASCO ETXEPARE EUSKAL INSTITUTUA / BASQUE INSTITUTE (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo por cada temporada de teatro será de ocho mil (8.000) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas o entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas por la presente Resolución deberán cumplir los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades a realizar desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del 2017.

1.– Gira de teatro: realizar 1 actuación, siempre que se cumplan uno de estos tres requisitos:

a) Participar en los festivales que se relacionan en el listado.

Se analizarán también las propuestas para participar en festivales no incluidos en dicha relación, siempre que sean profesionales. En el caso de las ferias o festivales multidisciplinares, deberán tener una línea de programación de teatro. Su web deberá tener, obligatoriamente, todo lo siguiente: programación con información referente a las obras y compañías, e información sobre el festival.

b) Fuera del ámbito territorial del Euskara, la participación en teatros con programación estable de artes escénicas: el teatro deberá tener un aforo mínimo de 150 butacas o ser de reconocido prestigio. Para valorar el prestigio del teatro se tendrán en cuenta lo siguiente: antigüedad de la programación; programación de grupos galardonados con premios de prestigio; formar parte de redes de teatros privados o públicos; programas de creación en régimen de residencia; actividades paralelas para creación de nuevos públicos; premios o reconocimientos recibidos por el teatro en cuestión.

Cuando un teatro organice actuaciones en la calle, no se tendrá en cuenta el aforo.

Es imprescindible que la página web del teatro tenga lo siguiente: programación con información referente a las obras y compañías; información sobre el teatro, y servicio de venta de entradas on-line.

c) Haber surgido de su anterior participación en alguna de las siguientes plataformas de exhibición ayudadas por el Gobierno Vasco, directamente o indirectamente: la Feria de Teatro de Leioa, la Feria de Teatro de Donostia, el Festival Internacional de Marionetas de Tolosa, el espacio Euskal Teatroa de la Feria de teatro de Tárrega, el programa Kaleartean del Festival Internacional de Teatro y Artes de la calle de Valladolid o la Feria de Títeres de Lleida.

2.– Temporada de teatro:

Realizar 7 actuaciones seguidas en el mismo teatro. El teatro deberá tener un aforo mínimo de 150 butacas.

Es imprescindible que la página web del teatro tenga todo lo siguiente: programación con información
referente a las obras y compañías; información sobre el teatro, y servicio de venta de entradas on-line.

Requisitos:

a) Ser persona física o jurídica privada con sede social y domicilio en la Comunidad Autónoma Vasca. Cuando el idioma vehicular de la obra a difundir sea el euskera, podrán presentarse también personas físicas o jurídicas con sede social o domicilio dentro del ámbito geográfico del euskera.

b) Dedicarse profesionalmente al teatro.

c) Estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente a teatro, antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

d) El proyecto presentado debe ser viable económicamente. Esta viabilidad se comprobará mediante un balance equilibrado de gastos e ingresos.

Documentos asociados

Boletín: 08/06/2017
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 108
Documento: Bases y Convocatoria 2017 Descargar Documento